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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (28/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 28 de setiembre de 2020 / El Peruano En uso de las facultades conferidas por el inciso 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República: DECRETA:Artículo 1. Objeto El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan a los Gobiernos Regionales y Gobierno Local, garantizar la continuidad de la ejecución de los proyectos de inversión del sector salud, durante el ejercicio presupuestal 2020; así como establecer disposiciones para el fi nanciamiento de acciones en materia de cierre de brecha digital, mantenimiento de infraestructura y reposición de equipos informáticos, a través de IOARR, con el objeto de garantizar la continuidad y calidad del servicio educativo universitario a través de la modalidad no presencial o remota y el reinicio progresivo de actividades académicas presenciales . Artículo 2. Financiamiento de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales y Gobierno Local para dinamizar la ejecución de proyectos de inversión 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 78 293 192,00 (SETENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales de Huánuco, San Martín, Ucayali, Pasco y la Municipalidad Distrital de Tambillo, para la continuidad de la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión, con cargo a los recursos del Pliego Ministerio de Salud, de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSAFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 21 856 013,00 ------------------- UNIDAD EJECUTORA 125 : Programa Nacional de Inversiones en Salud FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 56 437 179,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 78 293 192,00 =========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias DDD Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 77 313 776,00 PLIEGO 050113 : Municipalidad Distrital de Tambillo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 979 416,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 78 293 192,00 =========== 2.2 El detalle de los recursos autorizados en la presente Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo Nº 1 “Transferencia de partidas del pliego Ministerio de Salud” y Anexo Nº 2 “Transferencias de partidas a favor de gobiernos regionales y Municipalidad Distrital de Tambillo para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión”, que forman parte integrante del presente Decreto de Urgencia, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto de Urgencia en el Diario O fi cial El Peruano. 2.3 Los Titulares del Pliego habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del presente artículo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto de Urgencia. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.5 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 3. Transferencia de partidas del Ministerio de Educación a favor de las universidades públicas 3.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 43 211 845,00 (CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de treinta y cuatro (34) universidades públicas para el fi nanciamiento del mantenimiento de infraestructura y acciones en materia de cierre de brecha digital, así como de la reposición de equipos informáticos en laboratorios mediante la ejecución de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 10 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 26 : Programa educación básica para to- dos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones centralesPRODUCTO 3999999 : Sin productoACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y presupuestoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 28,250.00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos PRODUCTO 3999999 : Sin productoACTIVIDAD 5000659 : Desarrollo de la educación en colegios experimentales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 2,062,503.00 ACTIVIDAD 5000682 : Desarrollo del ciclo inicial de la educación básica alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 3,425,761.00