Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2020 (28/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de setiembre de 2020 /

El Peruano

partir de la lectura de la obra de Arguedas y su relación con el mundo personal y sociocultural del estudiante; Que, las Bases del I Torneo Nacional Escolar de Ajedrez Online 2020, tienen como objetivo promover el pensamiento estratégico y autonomía a través de la práctica del Ajedrez contribuyendo al logro del perfil de egreso, establecido en el Currículo Nacional de la Educación Básica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases de la XXX Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología "Eureka Virtual 2020", como parte de los Concursos Educativos Virtuales "Aprendo en Casa 2020", las mismas que, como anexo 1, forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar las Bases de los Juegos Florales Escolares Nacionales Modalidad Virtual 2020, como parte de los Concursos Educativos Virtuales "Aprendo en Casa 2020", las mismas que, como anexo 2, forman parte de la presente resolución. Artículo 3.- Aprobar las Bases del Premio Nacional de Narrativa y Ensayo "José María Arguedas" Modalidad Virtual 2020, como parte de los Concursos Educativos Virtuales "Aprendo en Casa 2020", las mismas que, como anexo 3, forman parte de la presente resolución. Artículo 4.- Aprobar las Bases del I Torneo Nacional Escolar de Ajedrez Online 2020, como parte de los Concursos Educativos Virtuales "Aprendo en Casa 2020", las mismas que, como anexo 4, forman parte de la presente resolución. Artículo 5.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo 6.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, la difusión y promoción de los Concursos Educativos Virtuales "Aprendo en Casa 2020" al que se refieren los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente resolución, a través del portal web del Ministerio de Educación y en las redes sociales oficiales del Ministerio de Educación, a fin de que se garantice la participación de los interesados. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA MARIELA MARCHENA PALACIOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1888043-1

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación; y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 30 de la Ley General de Educación establece que la evaluación del alumno es un proceso permanente de comunicación y reflexión sobre los procesos y resultados del aprendizaje. Es formativa e integral porque se orienta a mejorar esos procesos y se ajusta a las características y necesidades de los estudiantes; Que, conforme al artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, la evaluación es un proceso continuo de carácter pedagógico, orientado a identificar los logros de aprendizaje de los estudiantes, con el fin de brindarles el apoyo pedagógico que necesiten para mejorarlos; evalúa las competencias, capacidades y actitudes del currículo, considerando las características del estudiante. Asimismo, entre otros aspectos, dicho artículo señala que el Ministerio de Educación establece las normas nacionales de evaluación, promoción, recuperación y nivelación pedagógica, tomando en cuenta la diversidad; Que, a través de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior, públicos y privados; Que, el artículo 6 de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, señala, entre otros aspectos, que las Escuelas de Educación Superior vinculadas a la pedagogía se denominan Escuelas de Educación Superior Pedagógica (EESP) como centros especializados en la formación inicial docente, las cuales forman, en base a la investigación y práctica pedagógica, a los futuros profesores para la educación básica y coadyuvan a su desarrollo profesional en la formación continua; Que, de acuerdo a los numerales 19.1 y 19.4 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, la evaluación es un proceso integral permanente y sistemático que permite identificar el nivel de aprendizaje del estudiante en relación a las competencias que debe lograr; la evaluación está basada en criterios e indicadores que valoran el dominio de competencias propias del quehacer profesional. Tiene una finalidad formativa; y para el caso de la EESP, la evaluación contempla un sistema de calificación del aprendizaje por el cual se establece un valor determinado en una escala, que refleja el nivel de logro de la competencia alcanzada. Asimismo, señala que el sistema responde a los criterios planteados en los lineamientos académicos generales; Que, por otro lado, por Resolución Ministerial N° 441-2019-MINEDU se aprueban los "Lineamientos Académicos Generales para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas", que entre sus orientaciones pedagógicas desarrolla orientaciones para la evaluación formativa, estableciendo criterios básicos del proceso de evaluación en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas; Que, en el marco de las disposiciones antes señaladas, mediante el Oficio N° 00774-2020-MINEDU/VMGPDIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes N° 00608-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y N° 00975-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, dependiente de la referida Dirección General a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado "Disposiciones para la evaluación

Aprueban el documento normativo denominado "Disposiciones para la evaluación formativa de los aprendizajes de estudiantes de Formación Inicial Docente de las Escuelas de Educación Superior Pedagógica"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 183-2020-MINEDU Lima, 25 de septiembre de 2020 VISTOS, el Expediente N° 78086-2020, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe N° 01025-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

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