Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (11/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Domingo 11 de abril de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza que rectifica de oficio el Anexo I - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza N° 611-MSS ORDENANZA Nº 638-MSS Santiago de Surco, 29 de marzo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 01-2021-CGM- CSCTSV-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal, de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 682-2021-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 171-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 519-2021-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 57-2021-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° 60-2021-SGFCA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; entre otros documentos que sustentan la propuesta de ordenanza que recti fi ca de o fi cio el Anexo I - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza N° 611-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza N° 611-MSS, publicada el 21.12.2019 en el diario o fi cial El Peruano, se aprobó como el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, que como Anexo I forma parte integrante de dicha Ordenanza; Que, el numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, prescribe que “Los errores material o aritmético en el acto administrativo pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido, ni el sentido de la decisión¨, siendo que el numeral 212.2 del referido artículo se dispone que ¨La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original¨; Que, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa mediante el Informe Nº 60-2021-SGFCA-GSEGC-MSS del 26.01.2021, sustentado en el Informe Técnico Sustentatorio que se encuentra anexado al referido documento, propone efectuar la recti fi cación de ofi cio del error material incurrido en el tipo de gradualidad consignado en la infracción con código L-001 del Anexo I - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza N° 611-MSS, toda vez que, acorde con lo regulado en el numeral 43.2 del artículo 43° del Anexo I del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con la Ordenanza N° 600-MSS, le corresponde la gradualidad de ¨Grave¨ y no de “Muy Grave” como se consignó; Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana mediante el Memorándum N° 57-2021-GSEGC-MSS del 23.02.2021, señala que resultaría factible la aprobación del citado proyecto normativo, toda vez que tiene por fi nalidad efectuar la recti fi cación del error material contenido en la infracción con código L-001 que se encuentra tipi fi cado en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de esta municipalidad, aprobado por la Ordenanza Nº 611-MSS; Que, con el Memorándum Nº 519-2021-GPP-MSS del 25.02.2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, opina favorablemente sobre el proyecto de ordenanza propuesto por la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, señalando que se encuentra alineado a la misión institucional y visión del distrito de Santiago de Surco, así como con los siguientes planes municipales: i) Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2017 al 2021, ii) Plan Estratégico Institucional – PEI 2019 al 2023 (Horizonte Ampliado), y iii) Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2020 al 2022; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 171-2021-GAJ-MSS del 26.02.2020, opina que procede legalmente la recti fi cación por error material en la Infracción L-001 del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante la Ordenanza Nº 611-MSS, de acuerdo con la precisión efectuada por la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, debiendo efectuarse dicha recti fi cación bajo la misma modalidad de su aprobación, es decir, mediante ordenanza aprobada por el Concejo Municipal; asimismo, señala que dicho proyecto normativo se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de publicación establecidos en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, toda vez que se re fi ere a la recti fi cación de un error material que permitirá aplicar correctamente la capacidad sancionadora la Municipalidad; Que, la Gerencia Municipal mediante el Memorándum N° 682-2021-GM-MSS del 27.02.2021, mani fi esta su conformidad con el proyecto de ordenanza propuesto, solicitando la prosecución del trámite respectivo; Estando al Dictamen Conjunto Nº 01-2021-CGM- CSCTSV-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal, de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial y de Asuntos Jurídicos, al Informe N° 171-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás documentos, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA DE OFICIO EL ANEXO I - CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO, APROBADO MEDIANTE LA ORDENANZA N° 611-MSS Artículo Primero.- RECTIFICAR DE OFICIO, con efecto retroactivo, el error material incurrido en el tipo de gradualidad consignado en la infracción con código L-001 del Anexo I - Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante la Ordenanza N° 611-MSS, en los términos siguientes: DICE: SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES (Código L) DEL CONDUCTOR AUTORIZADO Y NO AUTORIZADO CÓDIGODESCRIPCION DE LA INFRACCIONGRADUALIDADMONTO DE MULTAMEDIDA CORRECTIVA L-001POR PRESTAR EL SERVICIO SIN SER CONDUCTOR AUTORIZADOMUY GRAVE 50%INTERNAMIENTO DEL VEHICULO