Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (11/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Domingo 11 de abril de 2021 / El Peruano DEBE DECIR: SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES (Código L) DEL CONDUCTOR AUTORIZADO Y NO AUTORIZADO CÓDIGODESCRIPCION DE LA INFRACCIONGRADUALIDADMONTO DE MULTAMEDIDA CORRECTIVA L-001POR PRESTAR EL SERVICIO SIN SER CONDUCTOR AUTORIZADOGRAVE 50%INTERNAMIENTO DEL VEHICULO Artículo Segundo.- RATIFICAR en los demás extremos el contenido del Anexo I de la Ordenanza N° 611-MSS. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de esta Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1942496-1 Designan responsable de brindar información que se solicite a la Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN N° 240-2021-RASS Santiago de Surco, 6 de abril de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: Las Resoluciones Nº 148-2021-RASS y Nº 153-2021-RASS; y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 148-2021-RASS del 11.03.2021, se otorgó, con e fi cacia anticipada, licencia con goce de haber por enfermedad a la servidora LILY ROXANA MEDINA TELLO, Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, por motivo de salud y se dispuso encargar las funciones de la Secretaría General al servidor CÉSAR AUGUSTO LINARES CALDERÓN, Coordinador I del referido órgano, en adición a sus funciones; Que, mediante la Resolución Nº 153-2021-RASS del 11.03.2021 se designó al referido servidor como responsable de brindar la información que se solicite a la Municipalidad, en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en tanto se reincorpore la titular; Que, con fecha 23 de marzo de 2021, la servidora LILY ROXANA MEDINA TELLO se reincorporó a sus funciones como Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece que las entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada en virtud de la referida Ley, en tanto que el artículo 4º del Reglamento de dicha norma, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que la designación del funcionario responsable de entregar información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicada en el diario o fi cial El Peruano; De conformidad con los artículos 1º y 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS y en uso de la facultad conferida por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR, con e fi cacia anticipada al 23.03.2021, a la servidora LILY ROXANA MEDINA TELLO, Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, como responsable de brindar la información que se solicite a la Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo: DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 153-2021-RASS del 11.03.2020. Artículo Tercero: DISPONER que todas las dependencias de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, cumplan con proveer en los plazos establecidos, la información que les solicite la Secretaría General. Artículo Cuarto: DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, así como en el Portal del Estado Peruano y en la página web de la Entidad (www.munisurco.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1942496-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2020-MDQ Quilmaná, 14 de diciembre de 2020 VISTOS:El Informe Nº 150-2020-GM-MDQ, de fecha 30 de julio de 2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 335-2020-GM, de fecha 25 de noviembre de 2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 262-2020-GAJ-MDQ, de fecha 01 de diciembre de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 352-2020-GM-MDQ, de fecha 01 de diciembre de 2020 de la Gerencia Municipal, sobre Modi fi cación y Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento