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3 NORMAS LEGALES Jueves 12 de agosto de 2021 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Asesor II de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 192-2021-PCM Lima, 11 de agosto de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor PERCY YHAIR BARRANZUELA BOMBILLA, en el cargo de Asesor II de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUIDO BELLIDO UGARTE Presidente del Consejo de Ministros 1981144-1 Aprueban los “Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO N° 008-2021-PCM/SGSD Lima, 7 de agosto de 2021VISTO:El Informe N° D000048-2021-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 17 que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; así como, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil. Que, el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 126-2021-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional. Asimismo, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos para contribuir a la solución de los con fl ictos sociales, con la fi nalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a las obligaciones internacionales y nacionales en derechos humanos y demás valores para la sostenibilidad y la defensa del Estado de Derecho; Que, de acuerdo al literal b) del artículo 42 del citado Reglamento de Organización y Funciones, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo tiene entre otras, la función de proponer normas y aprobar directivas, lineamientos, protocolos y demás disposiciones, en materias de su competencia; Que, mediante Informe N° D000048-2021-PCM- SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo sustenta la necesidad de aprobar los “Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo”, que tienen por objeto establecer lineamientos para el fortalecimiento de las acciones de la gestión social y diálogo del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales a través del diagnóstico, análisis multisectorial y multinivel, y la intervención oportuna en los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, en ese sentido, en el marco de las atribuciones de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, resulta necesario aprobar los “Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo”, a través de una Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo 126-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Apruébase los “Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo”; que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento La presente Resolución y su Anexo son de cumplimiento obligatorio por los sectores del Poder Ejecutivo, y los organismos públicos que lo conforman, a través de los órganos, unidades orgánicas y/o responsables de la gestión social y/o diálogo de cada entidad. Asimismo, sirven de instrumento orientador para los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y demás entidades del Estado, en lo que corresponda. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y su Anexo en la Plataforma Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN GISELLE HUAMANÍ OLIVO SecretariaSecretaría de Gestión Social y DiálogoViceministerio de Gobernanza Territorial 1981057-1