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20 NORMAS LEGALES Jueves 12 de agosto de 2021 El Peruano / VISTO: El Expediente Nº 65396321, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas (SERF Maynas)” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ (en adelante, AMP) y el Informe Nº 354-2021-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, mediante Carta AMP 210212-0004 con Registro Nº 3122289, de fecha 15 de febrero de 2021, AMP solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicado en los distritos de Napo y Mazán, provincia de Maynas, Departamento de Loreto; lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 411 viviendas distribuidas en 21 localidades, cuyas coordenadas UTM WGS84 fi guran en el Expediente; Que, AMP ha presentado copia de la Resolución Directoral Nº 54-2019-GRL/DREM, de fecha 11 de septiembre de 2019, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Loreto aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente al PROYECTO, así como el otorgamiento de Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobado mediante la Resolución Directoral Nº 149-2019-MINEM/DGE, de fecha 04 de noviembre de 2019, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 354-2021-MINEM/DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas (SERF Maynas)”, ubicado en los distritos de Napo y Mazán, provincia de Maynas, departamento de Loreto; lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 411 viviendas distribuidas en 21 localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o usuarios, que obran en el expediente en conformidad con la cantidad indicada en el cuadro siguiente: Item Provincia Distritos LocalidadNº de Usuarios SERF Maynas 1 Maynas Napo Bandeja Isla 26 2 Maynas Napo Berlín 15Item Provincia Distritos LocalidadNº de Usuarios SERF Maynas 3 Maynas Napo Cerro de Pasco 74 Maynas Napo Copal Urco 19 5 Maynas Napo Copal Yacu 23 6 Maynas Napo Huiririma 287 Maynas Napo Nueva Cajamarca 128 Maynas Napo Nueva Floresta 179 Maynas Napo Nueva Florida 11 10 Maynas Napo Nuevo Defensor 23 11 Maynas Napo Nuevo San Román 26 12 Maynas Napo San Roque 2113 Maynas Napo Patria Nueva 1514 Maynas Napo San Antonio de Lancha Poza 4115 Maynas Napo San Francisco de Pinsha 17 16 Maynas Napo Nueva Unión 15 17 Maynas Napo Nueva Antioquía 1418 Maynas Napo Juan Pablo II 1619 Maynas Napo Vencedores de Zapote 2120 Maynas Mazán Nuevo San Juan 28 21 Maynas Mazán Copalillo 16 TOTAL 411 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 152-2021 a suscribirse con ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ, el que consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 152-2021 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 152-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución Directoral a ACCIONA MICROENERGÍA PERÚ dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MIGUEL OPORTO VARGAS Director General de ElectricidadDirección General de Electricidad 1975393-1 Otorgan a Acciona Microenergía Perú la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la “ Ampliación N°1 y Ampliación N° 2 del Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico San Marcos”, ubicado en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0100-2021-MINEM/DGE Lima, 23 de junio de 2021