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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (12/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 12 de agosto de 2021 El Peruano / Aprueban los “Lineamientos para la promoción de la participación significativa de mujeres en los procesos de diálogo para la atención de conflictos sociales” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO N° 009-2021-PCM/SGSD Lima, 7 de agosto de 2021VISTO:El Informe N° D000050-2021-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 17 que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; así como, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil. Que, el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 126-2021-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional. Asimismo, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos para contribuir a la solución de los con fl ictos sociales, con la fi nalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a las obligaciones internacionales y nacionales en derechos humanos y demás valores para la sostenibilidad y la defensa del Estado de Derecho; Que, de acuerdo al literal b) del artículo 42 del citado Reglamento de Organización y Funciones, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo tiene entre otras, la función de proponer normas y aprobar directivas, lineamientos y protocolos y demás disposiciones, en materia de su competencia; Que, mediante Informe N° D000050-2021-PCM- SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo sustenta la necesidad de aprobar los “Lineamientos para la promoción de la participación signi fi cativa de mujeres en los procesos de diálogo para la atención de con fl ictos sociales”, que tienen por objeto establecer criterios estandarizados y orientaciones técnicas que promuevan la participación signi fi cativa de mujeres en los espacios de diálogo para la atención de con fl ictos sociales; Que, en ese sentido, en el marco de las atribuciones de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la promoción de la participación signi fi cativa de mujeres en los procesos de diálogo para la atención de con fl ictos sociales”, a través de una Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo 126-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Apruébase los “Lineamientos para la promoción de la participación signi fi cativa de mujeres en los procesos de diálogo para la atención de con fl ictos sociales”; que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento La presente Resolución y su Anexo son de cumplimiento obligatorio por los sectores del Poder Ejecutivo, y los organismos públicos que lo conforman, a través de los órganos, unidades orgánicas y/o responsables de la gestión social y/o diálogo de cada entidad. Asimismo, sirven de instrumento orientador para los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y demás entidades del Estado, en lo que corresponda. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y su Anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN GISELLE HUAMANÍ OLIVO SecretariaSecretaría de Gestión Social y DiálogoViceministerio de Gobernanza Territorial 1981057-2 Conforman la “Mesa de Diálogo para el desarrollo del Pueblo de Macuya, distrito de Tournavista, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO N° 0010-2021-PCM/SGSD Lima, 7 de agosto de 2021VISTOS:El Informe Nº D000009-2021-PCM-SSGD-GVV y la Nota de Elevación Nº D000338-2021-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. Coordinar las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el Estado desde la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades privadas y públicas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de Gobierno, a fi n de encausar las distintas demandas ciudadanas y encaminar la solución de los con fl ictos sociales y expectativas de la población; Que, en atención al Acta de fecha 20 de julio de 2021, suscrita por las autoridades del Poder Ejecutivo, Gobierno Regional de Huánuco, Municipalidades de Puerto Inca, de Tournavista y, de Codo de Pozuzo; así como, representantes de la población civil, se acordó emitir una resolución conformando una mesa de diálogo destinada a formalizar el espacio de diálogo de Macuya; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de Vistos, se requiere la conformación de una mesa de diálogo que permita desarrollar actividades de articulación, coordinación y monitoreo, para el desarrollo del Pueblo de Macuya; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo