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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (04/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 4 de diciembre de 2021 El Peruano / y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”; Que, posteriormente, mediante Decreto de Urgencia N° 080-2021, se establecen medidas adicionales extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los ciudadanos afectados por las medidas implementadas a nivel nacional para hacer frente a la pandemia originada por el COVID-19, autorizando para ello, en el numeral 2.1 de su artículo 2, el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario individual de S/ 350,00 (trescientos cincuenta y 00/100 soles), a favor de personas mayores de edad que forman parte de: a) Hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), b) Hogares bene fi ciarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS, y/o hogares con algún integrante que sea bene fi ciario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y/o hogares con algún integrante que sea bene fi ciario del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) y c) Hogares no comprendidos en los literales a y b precedentes, cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa; Que, asimismo, el numeral 2.3 de referido artículo 2, autoriza adicionalmente el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario individual de S/ 350,00 (trescientos cincuenta y 00/100 soles), a las personas mayores de edad incluidas en los numerales 2.1 y 2.2 del presente artículo y cuyo hogar, de acuerdo al Registro Nacional estuviera conformado por una sola persona mayor de edad y al menos un menor de edad, el mismo que se otorgará de manera conjunta al subsidio monetario individual autorizado en el numeral 2.1 precedente, exceptuándose a los bene fi ciarios del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo a cargo del Ministerio de Educación, del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS y del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – CONTIGO a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); Que, asimismo, mediante Resolución Directoral N° D000247-2021-PENSION65-DE, de fecha 11 de septiembre de 2021, se aprobó la versión actualizada del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobado mediante Resolución Directoral N° D000051-2021-PENSION65-DE; Que, mediante Informe N° D0000656-2021- PENSION65-UO y Memorando N° D000894-2021-PENSION65-UO, la Unidad de Operaciones fórmula la propuesta de actualización del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobado mediante Resolución Directoral N° D000051-2021-PENSION65-DE y actualizado mediante la Resolución Directoral N° D000247-2021-PENSION65-DE, considerando: i) una mejora en el módulo de registro de renuncias del subsidio monetario autorizado mediante Decreto de Urgencia N° 080-2021, la cual validará la identidad del usuario con la base de datos personales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), por lo que el aplicativo ya no requerirá adjuntar el formato de renuncia y/o devolución del subsidio monetario, ii) que el peticionante cuente con la facilidad de realizar la devolución del subsidio monetario recibido, por lo que, se incluye el número de código de cuenta interbancaria, en los formatos anexos al presente procedimiento, iii) que el peticionante cuente con la opción de revocar la solicitud de renuncia al subsidio monetario formulada y iv) una actualización del fl ujograma “F” - Renuncia del Subsidio Monetario 4 - Mesa de Partes; Que, mediante Informe N° D000385-2021- PENSION65-UTI, la Unidad de Tecnologías de la Información emite opinión favorable para la actualización del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, al encontrarse conforme con los procedimientos asignados a dicha unidad, considerando además, pertinente la fecha límite establecida para la presentación de las revocatorias a las solicitudes de renuncia, dado que dicho plazo permitirá efectuar una adecuada evaluación de las mismas para posteriormente generar la planilla de pago correspondiente, así como actualizar los mensajes en la plataforma de comunicaciones; Que, mediante Informe N° D000057-2021- PENSION65-UCI, la Unidad de Comunicación e Imagen emite opinión favorable para la actualización del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”; Que, mediante Memorando N° D000685-2021- PENSION65-UA, la Unidad de Administración emite opinión favorable para la actualización del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”; Que, mediante Memorando N° D000462-2021- PENSION65-UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable para la actualización del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”; Que, mediante el Informe N° D000617-2021- PENSION65-UAJ la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación de la actualización del “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobado mediante Resolución Directoral N° D000051-2021-PENSION65-DE, actualizado mediante Resolución Directoral N° D000247-2021-PENSION65-DE, por encontrarse conforme a lo dispuesto en los Decretos de Urgencia N° 098-2020, N° 010-2021 y ampliatoria, y N° 080-2021; así como a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, considerando además, la pertinencia de la actualización de las de fi niciones de renuncia y devolución en dicho procedimiento para un mejor y adecuado entendimiento del mismo; Que, estando a las facultades de la Dirección Ejecutiva y contando con la visación del Jefe de la Unidad de Operaciones, del Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información, de la Jefa de la Unidad de Administración, de la Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen designada temporalmente, de la Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto de Urgencia N° 098-2020; el Decreto de Urgencia N° 010-2021 y ampliatoria, y el Decreto de Urgencia N° 080-2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- Actualícese el “Procedimiento de renuncia y/o devolución de subsidio monetario otorgado por el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” en el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19”, aprobado mediante Resolución Directoral N° D000051-2021-PENSION65-DE, actualizado mediante