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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (26/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 26 de diciembre de 2021 El Peruano / según criterios objetivos, a fi n de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología deben ser concordantes con el rol subsidiario del Estado y aprobadas por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 047- 2021-ITP/DE de fecha 01 de julio de 2021, se aprobó i) la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP” (en adelante, Directiva de Esquemas Promocionales); ii) el documento denominado “Relación de Servicios Tecnológicos Aprobados en los Tarifarios Vigentes” que como Anexo N° 2, forma parte integrante de la mencionada Resolución; y, iii) el documento denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)” que como Anexo N° 3, forma parte integrante de la mencionada Resolución; Que, de acuerdo con el literal II del numeral 7.2.3 de la Directiva de Esquemas Promocionales, para aquellos servicios tecnológicos nuevos que el Órgano que Brindan Servicios (OBS) o la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE proponga incluir, en el marco de un procedimiento para la modi fi cación de su respectivo Tarifario, la Dirección Ejecutiva puede autorizar transitoriamente su prestación, previa opinión favorable de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, aprobando su incorporación transitoria como servicios adicionales dentro del Catálogo de Servicios (CDS) de los Órganos que brindan servicios (OBS); Que, de igual manera, el mencionado literal de la Directiva de Esquemas Promocionales, establece que la lista de servicios adicionales y las tarifas provisionales de un OBS se aprueban por Resolución de Dirección Ejecutiva del ITP, siendo que el plazo autorizado no deberá exceder de doce (12) meses pudiendo ser acotado en la resolución respectiva; Que, con Memorando N° 000236-2021-ITP/ DEDFO de fecha 04 de diciembre de 2021, sustentado en el Informe N° 0024-2021-ITP/MCC-DEDFO de la misma fecha, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE sustentó la propuesta de modificación de la “Lista de servicios adicionales (no incluidos en los tarifarios)”. Dicha propuesta contempla quinientos veinticuatro (524) servicios tecnológicos, cuya aprobación mediante Resolución Ejecutiva se realizaría con eficacia anticipada; Que, mediante Memorando N° 005228-2021-ITP/ OPPM de fecha 13 de diciembre de 2021, sustentado en el Informe Técnico N° 0061-2021-ITP/MODERNIZACIÓN de la misma fecha, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable a la modi fi cación de la “Lista de servicios adicionales (no incluidos en los tarifarios)”, a fi n de que dicha lista contemple quinientos veinticuatro (524) servicios tecnológicos; así como a la aplicación de la e fi cacia anticipada de su aprobación; Que, con Memorando N° 000252-2021-ITP/DEDFO de fecha 14 de diciembre de 2021, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE solicitó incorporar seis (6) servicios tecnológicos de baja complejidad a la modi fi cación de la “Lista de servicios adicionales (no incluidos en los tarifarios)”, solicitado mediante su Memorando N° 000236-2021-ITP/DEDFO; Que, la incorporación de los seis (6) servicios referidos corresponden a la Unidad Técnica Huancavelica, debido a su reciente creación, efectuada mediante Resolución Ejecutiva N° 120-2021-ITP/DE de fecha 10 de diciembre de 2021; Que, mediante Memorando N° 5456-2021-ITP/OPPM de fecha 20 de diciembre de 2021, sustentado en el Informe Técnico N° 0063-2021-ITP/MODERNIZACIÓN de fecha 15 de diciembre de 2021, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable para aprobar la modi fi cación de la “Lista de servicios adicionales (no incluidos en los tarifarios)” compuesta por quinientos treinta (530) servicios adicionales. Dicha opinión re fi ere a los quinientos veinticuatro (524) servicios inicialmente solicitados mediante el Memorando N° 000236-2021-ITP/DEDFO y los 6 servicios solicitados mediante el Memorando N° 000252-2021-ITP/DEDFO; Que, de acuerdo con el artículo 17 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, en concordancia con lo señalado, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS dispone que el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros; Que, mediante Informe N° 390-2021-ITP/OAJ de fecha 22 de diciembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la modi fi cación de la “Lista de servicios adicionales (no incluidos en los tarifarios)”, el cual estará conformado por quinientos treinta (530) servicios adicionales, los cuales tendrán efi cacia anticipada de aprobación; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Resolución Ejecutiva N° 047-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el diseño y aplicación de esquemas promocionales para el acceso a los servicios tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)” y los documentos denominados “Relación de Servicios Tecnológicos aprobados en los tarifarios vigentes” y la “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Anexo N° 3 denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)” aprobado mediante el artículo 2° de la Resolución Ejecutiva N° 47-2021-ITP/DE, quedando el mismo conforme al Anexo N° 01, la cual se adjunta, y que forma parte integrante de la presente Resolución. Dicha aprobación se efectúa con e fi cacia anticipada, la cual se encuentra detallada por cada servicio tecnológico, en el Anexo N° 01, adjunto al presente. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO RODRÍGUEZ SORIA Director Ejecutivo 2024891-1