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8 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de julio de 2021 El Peruano / de Planeamiento y Presupuesto; y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reconocimiento de la Visión Ambiental Juvenil del Perú Reconocer la Visión Ambiental Juvenil del Perú desde el Bicentenario, documento que contiene la aspiración y los compromisos de la juventud peruana para mejorar el desempeño ambiental del país desde el año del Bicentenario. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de la Visión Ambiental Juvenil del Perú desde el Bicentenario, en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente 1972203-1 CUL TURA Autorizan transferencia financiera a favor del PNUD para la ejecución de la Actividad 2 “Proceso de reflexión y diálogo Nacional (Pacto Nacional del Bicentenario)”, programada en la Agenda de Conmemoración de la Independencia del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000177-2021-DM/MC San Borja, 13 de julio del 2021VISTOS; el Informe Nº 000017-2021-PEB/MC del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; el Memorando Nº 000522-2021-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000813-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial Nº 000325-2020-DM/MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31109, Ley que autoriza transferencias fi nancieras y otras medidas administrativas y presupuestarias para la ejecución del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2021, para aprobar transferencias fi nancieras a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de cooperación de naturaleza interinstitucional y asistencia técnica, para la adquisición de bienes y servicios destinados a la atención de actividades para el desarrollo de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, así como convenios de administración de recursos y/o adendas, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, para la ejecución de las inversiones de los parques culturales bicentenario en el marco de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, además, el numeral 2.2 de la referida ley, dispone que el Ministerio de Cultura asuma las obligaciones y derechos como “Asociado en la Implementación” en el Documento de Proyecto: 00126131-00120280: “Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario” (PRODOC), documento de asistencia técnica suscrito por la Presidencia del Consejo de Ministros, para cumplir con los objetivos del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, estando facultado para la suscripción de las adendas que fueran necesarias. Asimismo, autoriza excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Cultura para aprobar transferencias fi nancieras, para el cumplimiento de los objetivos del PRODOC; Que, el numeral 2.4 del artículo 2 de la citada ley señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el presente artículo se realizan mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Cultura o de que a quien este delegue, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego. La resolución del titular del pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, a través del Informe Nº 000017-2021-PEB/MC, el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú señala que, de acuerdo a la revisión de la Actividad 2: “Proceso de re fl exión y diálogo Nacional (Pacto Nacional del Bicentenario) del Anexo 4 “Plan de Adquisiciones” del Proyecto 00126131-00120280: Fortalecimiento de la Ciudadanía y la Identidad Nacional de cara al Bicentenario, del año fi scal 2021, se requiere efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Programa Nacional de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD por el importe de S/ 50 000,00 (Cincuenta mil con 00/100 soles), para continuar con la ejecución de ésta actividad programada en la Agenda de Conmemoración de la Independencia del Perú, la cual se enmarca en el Programa de Fortalecimiento de Proceso de Descentralización y Modernización del Estado; Que, mediante el Memorando Nº 000522-2021- OGPP/MC la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000135-2021-OP/MC de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, se cuenta con recursos disponibles que ascienden a la suma de S/ 50 000,00 (Cincuenta mil con 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000626: Coordinación de políticas, programas integrales e intersectoriales; y en la Especí fi ca de Gasto 2.4.1.2.1.99 a Otros Organismos Internacionales, para la ejecución de la Actividad 2: “Proceso de re fl exión y diálogo Nacional (Pacto Nacional del Bicentenario) programada en la Agenda de Conmemoración de la Independencia del Perú, la cual se enmarca en el Programa de Fortalecimiento de Proceso de Descentralización y Modernización del Estado; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director de la O fi cina de Presupuesto, y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 31109, Ley que autoriza transferencias fi nancieras y otras medidas administrativas y presupuestarias para la ejecución del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización