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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2021 (14/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de julio de 2021 El Peruano / establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, según el literal d) del artículo 13 de la Ley Nº 28044, entre los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación se encuentra la formación inicial y permanente que garantiza idoneidad de los docentes y autoridades educativas; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, es función del Ministerio de Educación de fi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, conforme con lo señalado por el artículo 9 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación norma y organiza el Programa Nacional de Formación y Capacitación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas; Que, el numeral 20.2 del artículo 20 del Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establece que los aspectos relacionados con la organización, regulación, implementación y evaluación del Programa Nacional de Formación y Capacitación de Directores y Sub Directores de Instituciones Educativas toman como referencia la propuesta Marco de Buen Desempeño del Directivo y se detallan en normas especí fi cas formuladas para tal fi n; Que, el “Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena”, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU, señala, en el marco de la Orientación Estratégica 3, que resulta clave garantizar que el sistema educativo forme equipos directivos sensibles y comprometidos con la diversidad de todos los actores educativos, que puedan gestionar autónomamente, con transparencia y responsabilidad los recursos de las instituciones educativas, lo cual requiere el desarrollo de aprendizajes especí fi cos para el manejo estratégico de los recursos pedagógicos, humanos y fi nancieros, así como para la autoevaluación, articulación, negociación y comunicación con los diversos actores de la comunidad educativa; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, a través del Informe Nº 00036-2021-MINEDU/VMGI-DIGC, complementado con el Informe Nº 00040-2021-MINEDU/VMGI-DIGC, elaborado por la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y suscrito de manera conjunta por la Dirección General de Desarrollo Docente y la Dirección General de Gestión Descentralizada, se propone y sustenta la necesidad de aprobar el Documento Normativo denominado “Disposiciones para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de la propuesta formativa del Programa Nacional de Formación y Capacitación de directores y subdirectores de Instituciones Educativas” (en adelante, el documento normativo), el mismo que tiene como objetivo brindar disposiciones especí fi cas para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de la propuesta formativa de las estrategias y procesos del Programa Nacional de Formación y Capacitación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas, así como establecer criterios que garanticen su implementación teniendo en perspectiva una gestión escolar centrada en el desarrollo de aprendizajes, y alineada a una trayectoria profesional y a una estructura organizacional basada en el liderazgo pedagógico; Que, a través del Informe Nº 00740-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación del documento normativo; por cuanto, se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación e implementación se fi nanciará con recursos presupuestarios programados en el presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación para el presente ejercicio fi scal; Que, asimismo, con Informe Nº 00820-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Documento Normativo denominado “Disposiciones para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de la propuesta formativa del Programa Nacional de Formación y Capacitación de directores y subdirectores de Instituciones Educativas”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRO PARODI SIFUENTES Viceministro de Gestión Institucional 1972140-1 Aprueban el documento normativo denominado “Lineamientos para la diversificación curricular en la Educación Básica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 222-2021-MINEDU Lima, 13 de julio de 2021VISTOS, el Expediente DIGEBR2021-INT-0079034, el Informe Nº 00535-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR y el O fi cio Nº 00505-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 00795-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00855-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación;