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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (01/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 1 de junio de 2021 El Peruano / Proveído N° D000900-2021-CONADIS-OAD y la Nota N° D000240-2021-CONADIS-OAD, ambos de fecha 28 de mayo, emitidos por la O fi cina de Administración; el Informe N° D000085-2021-CONADIS-URH de fecha 28 de mayo de 2021, emitido por la Unidad de Recursos Humanos; y, el Informe N° D000137-2021-CONADIS-OAJ de fecha 31 de mayo de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera; Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo, siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 092-2020-CONADIS/PRE de fecha 30 de octubre de 2020, se designa a la Abogada Carmen Meiling Kcomt Rivero como Directora I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración (Director/a I CAP N° 056); Que, mediante la Carta N° 001-2021-CKR de fecha 28 de mayo de 2021, la Abogada Carmen Meiling Kcomt Rivero presenta su renuncia al cargo de Directora I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración; Que, vista la renuncia presentada, corresponde aceptar la misma y designar a la profesional que ocupará el citado cargo, por lo que se debe emitir el acto resolutivo para su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina de Administración, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011- PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MIMP; y, la Resolución Suprema N° 003-2020-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR, a partir del 1 de junio de 2021, la renuncia formulada por la Abogada CARMEN MEILING KCOMT RIVERO al cargo de Directora I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración (Director/a I CAP N° 056) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, dándosele las gracias por los servicios prestados. Articulo 2.- DESIGNAR, a partir del 1 de junio de 2021, a la Abogada ROCIO CAFFO GELDRES como Directora I de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración (Director/a I CAP N° 056) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad Artículo 3.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCO ANTONIO GAMARRA LA BARRERA PresidenteConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1958421-1 SALUD Autorizan transferencia financiera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de tabletas para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 685-2021/MINSA Lima, 31 de mayo de 2021Visto, el Expediente N° 20-085802-027, que contiene el Memorando N° 1235-2021-DG-CENARES/MINSA y la Nota Informativa N° 079-2021-EPP-CENARES/MINSA, emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; el Proveído N° 0572-2021-OGPPM-OP/MINSA recaído en el Informe N° 454-2021-OGPPM-OP/MINSA emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota Informativa N° 496-2021-OGAJ/MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se expidió la Resolución Ministerial N° 1075-2020/MINSA, de fecha 28 de diciembre de 2020, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2021 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud y EsSalud a través de resolución del titular de la entidad. Para dicho efecto, los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluida sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico que demuestre las ventajas del convenio, asimismo, debe contar con