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18 NORMAS LEGALES Martes 1 de junio de 2021 / El Peruano CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos PRODUCTO 3999999 : Sin ProductoACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL UNIDAD EJECUTORA 128 921 392,00 TOTAL PLIEGO 128 921 392,00 Artículo 2.- Procedimiento de Aprobación Institucional 2.1 La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Partidas de Gastos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.2 La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Pliego 135 Seguro Integral de Salud instruye a la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud, para que se elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. 2.3 Copia de la presente Resolución, se remite dentro de los cinco (05) días calendarios de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos desagregados a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, conforme se establece en el numeral 2.10 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 051-2021. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA MELBA MÁ CÁRDENAS Jefa del Seguro Integral de Salud 1958537-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Subdirector de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 082-2021-ATU/PE Lima, 31 de mayo de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector/a de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, cargo considerado de con fi anza; Contando con la visación de la Gerencia General, Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.-. Designar, a partir de la fecha, al señor JUAN MANUEL CAVERO SOLANO, en el cargo de Subdirector de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al señor JUAN MANUEL CAVERO SOLANO y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1958533-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban el «Formulario Ordinario de Notificación» y el «Formulario Simplificado de Notificación» RESOLUCIÓN 021-2021/CLC-INDECOPI 19 de mayo de 2021VISTOS:El «Proyecto de Formulario Ordinario de Noti fi cación» y el «Proyecto de Formulario Simpli fi cado de Noti fi cación» presentados por la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (en adelante, la “Secretaría Técnica”), y el análisis realizado por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (en adelante, la “Comisión”); y,