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20 NORMAS LEGALES Lunes 1 de marzo de 2021 / El Peruano UM, emitido por la Unidad de Monitoreo, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM y Fondo MIPYME; indicando la citada Unidad de Monitoreo que, se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 136-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, de fecha 24 de febrero de 2021, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 2 002 827,77 (dos millones dos mil ochocientos veintisiete y 77/100 soles) que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento: 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ 1 893 779,30 (un millón ochocientos noventa y tres mil setecientos setenta y nueve y 30/100 soles), 4. Donaciones y Transferencias, por el monto de S/ 2 500,00 (dos mil quinientos y 00/100 soles) y de la fuente 5. Recursos Determinados, por el monto de S/ 106 548,47 (ciento seis mil quinientos cuarenta y ocho y 47/100 soles); Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos según el siguiente detalle: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; para co fi nanciar los desembolsos de i) 2 Proyectos del Concurso Ayuda a la Demanda de Servicios Tecnológicos - Mipyme Productiva Categoría 1 - ADTC1; ii) 23 Proyectos del Concurso Ayuda a la Demanda de Servicios Tecnológicos - Mipyme Productiva Categoría 2 - ADTC2; iii) 4 proyectos de Becas para Cursos Virtuales en el Extranjero - BCE; iv) 02 Proyectos Colaborativos de Innovación – Categoría 2 – CPCC2; v) 01 Proyecto del Concurso Innovemos – Innovar para Reactivar - IVER; vi) 09 Proyectos de Mipyme Digital - MD; vii) 01 Proyecto del Concurso Organización de Eventos- OEV; viii) 02 Proyectos de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual - PIEC 1; ix) 01 Proyecto de Innovación Empresarial – Reto Innova Covid – PIECOV y x) 01 Proyecto del Concurso de Reconociendo la Innovación (RIV), b) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; para co fi nanciar el desembolso de i) 01 Proyecto del Validación y Empaquetamiento - PVE; ii) 02 Proyectos del concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI y iii) 02 Proyectos de Innovación para Microempresas – PIMEN ,y, c) Fondo MIPYME; para co fi nanciar el desembolso de 01 Proyecto del Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 - PDPC2; Que, mediante proveído de fecha 24 de febrero de 2021, la Coordinadora Ejecutiva solicita al jefe de la Unidad de Administración que inicie las acciones correspondientes para la emisión de la resolución que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme lo descrito en los párrafos precedentes; Que, mediante Informe N° 28-2021-PRODUCE- INNÓVATEPERÚ.UA.AL, de fecha 25 de febrero de 2021, el Área de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Coordinación Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Unidad de Monitoreo, y previa veri fi cación presupuestal por la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, se ajusta al marco legal aplicable; Que, además de lo mencionado, mediante Memorando N° 011-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, la Unidad de Monitoreo solicita se deje sin efecto la inclusión del Convenio N° 177-18 (CMCEI), cuya bene fi ciara es la empresa CEYLAN ESPECERIAS S.R.L., en la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 32-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ, toda vez que no corresponde efectuar el cuarto desembolso, ya que, luego de generar la citada Resolución, la referida entidad ejecutora informó que existía saldos en su proyecto, que generaban devolución de RNR a Innóvate Perú; en mérito a ello, el Área de Asesoría Legal señala que, es procedente modi fi car el artículo 1 de la citada resolución, conforme el marco legal aplicable; disminuyendo el monto de S/ 10 678 908,47 (diez millones seiscientos setenta y ocho mil novecientos ocho y 47/100 soles) a S/ 10 676 269,06 (diez millones seiscientos setenta y seis mil doscientos sesenta y nueve y 06/100 soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 317-2014-PRODUCE, N° 178-2019-PRODUCE y N° 00034-2021-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2021 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto ascendente a S/ 2 002 827,77 (dos millones dos mil ochocientos veintisiete y 77/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ 1 893 779,30 (un millón ochocientos noventa y tres mil setecientos setenta y nueve y 30/100 soles), 4. Donaciones y Transferencias por el monto de S/ 2 500,00 (dos mil quinientos y 00/100 soles) y 5. Recursos Determinados por el monto de S/ 106 548,47 (ciento seis mil quinientos cuarenta y ocho y 47/100 soles), respectivamente destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM y Fondo MIPYME Artículo 2.- Modi fi cación de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 32-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ y su Anexo Único. Dejar sin efecto la inclusión del Convenio N° 177-18 (CMCEI) como bene fi ciario de la Resolución de Coordinación Ejecutiva N° 32-2021-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ; por lo cual, el artículo 1 de la citada Resolución queda redactado de la siguiente manera y su Anexo Único se ajusta a la presente modi fi cación: “Artículo 1. - Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2021 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto ascendente a S/ 10 676 269,06 (diez millones seiscientos setenta y seis mil doscientos sesenta y nueve y 06/100 soles), que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito por el monto de S/ 9 652 225,93 (Nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos veinticinco y 93/100 soles), 4. Donaciones y Transferencias por el monto de S/ 964 776,36 (Novecientos sesenta y cuatro mil setecientos setenta y seis y 36/100 soles) y 5. Recursos Determinados por el monto de S/ 59 266,77 (Cincuenta y nueve mil doscientos sesenta y seis y 77/100 soles), respectivamente destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 3.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, deberán