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30 NORMAS LEGALES Martes 16 de marzo de 2021 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 537-MDA, que establece beneficios para la Regularización de las Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia en el Distrito de Ate DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008 Ate, 12 de marzo de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 044-2021-SGHUE-GIU/ MDA de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones; el Informe Nº 033-2021-MDA/GIU de la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo; el Informe Nº 113-2021-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 82-2021-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que: Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico ; Que, el artículo 79º de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, otorga funciones exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, y licencias y realizar la fi scalización de habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica, entre otros; Que, mediante Ordenanza Nº 537-MDA, de fecha 07 de setiembre del 2020, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” de fecha 16 de setiembre del 2020, se Establece Bene fi cios para la Regularización de las Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones Ejecutadas sin Licencia en el Distrito de Ate; asimismo, en su artículo 1º dicha Ordenanza, señala que tiene por objeto establecer un bene fi cio temporal para que a través de un solo procedimiento se pueda obtener las regularizaciones de la licencias de habilitación urbana y recepción de las obras, así como de la licencias de edi fi cación y conformidad de obras y declaratoria de edi fi cación en predios que no hayan obtenido la correspondiente Resolución Municipal, a fi n de propiciar el incremento de valor de los predios ubicados en la jurisdicción distrital de Ate, en las áreas de tratamiento normativo I y II. Que, el artículo 4º de la precitada Ordenanza, establece que la misma tendrá una vigencia de seis (6) meses, a partir del día siguiente a su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, en la Quinta Disposición Final de la citada normativa, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la referida Ordenanza, así como su prórroga; Que, mediante Informe Nº 033-2021-MDA/GIU, la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo señala que en virtud al Informe Nº 044-2021-SGHUE-GIU/MDA de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, solicita la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº537-MDA, de fecha 07 de setiembre del 2020, considerando que es una normativa necesaria con la fi nalidad que los residentes del Distrito de Ate puedan regularizar el trámite de sus licencias de habilitación urbana y recepción de las obras, así como de las licencias de edi fi cación, conformidad de obras y declaratoria de edi fi cación en predios que no hayan obtenido la correspondiente Resolución Municipal; proponiendo se prorrogue su vigencia, hasta el 31 de Diciembre del 2021; Que, mediante Informe Nº 113-2021-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente que a través de Decreto de Alcaldía se prorrogue hasta el 31 de Diciembre del 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 537-MDA, conforme a lo señalado precedentemente por la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo, con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 42º señala que: “ Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven asuntos o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal ”; Que, mediante Proveído Nº 82-2021-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía de acuerdo a los documentos adjuntos y conforme a Ley; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 537-MDA, “Ordenanza que Establece Bene fi cios para la Regularización de las Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones Ejecutadas sin Licencia en el Distrito de Ate”, hasta el 31 de Diciembre del 2021; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones, con el apoyo de la Secretaría de Imagen Institucional para la difusión respectiva, así como de las demás áreas de la Municipalidad en lo que fuera pertinente. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1935170-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza Municipal que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 608/MDC Comas, 12 de febrero de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de febrero de 2021, el Informe Nº 007-2021-SGPE-