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87 NORMAS LEGALES Sábado 2 de octubre de 2021 El Peruano / de Plani fi cación y Presupuesto; sobre la aprobación del Cofi nanciamiento para la ejecución de planes de negocios a través de convenios de colaboración interinstitucional en el marco del Programa de Compensaciones para la Competitividad – AGROIDEAS. CONSIDERANDO:Que, las municipalidades provinciales y distritales, son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 30305 y 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV de la Constitución Política del Estado; sobre descentralización, y conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Título III, sobre los actos administrativos y de administración de las Municipalidades, en su Capítulo II, sobre las normas municipales y los procedimientos administrativos, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. La Alcaldía es el Órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad en su máxima autoridad administrativa y, el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fi scalizadoras; Que, es COMPETENCIA DEL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE HUALGAYOC, emitir ACUERDOS MUNICIPALES; tal como lo prescribe el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, señala “que los acuerdos de concejo son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”, que tiene concordancia con el Artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, que radica en la facultad como una forma de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según lo establecido en el artículo VI del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones. Que, con el Decreto Legislativo Nº 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; y en concordancia con el artículo 3º del mismo cuerpo normativo se prescribe que son bene fi ciarios del Programa los medianos y pequeños productores agrarios de todo el país que desarrollan sus actividades en unidades productivas sostenibles, pudiendo abarcar todo tipo de producto generado por la actividad agraria o pecuaria, entre ellos algodón, maíz amarillo duro y trigo, y formas asociativas de los productores en las cadenas de valor de la agricultura familiar, que cumplan con los criterios de elegibilidad de fi nidos para tal fi n. Que, el Artículo 63º de la Ley Nº 31084 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, sobre el Programa de Compensación para la Competitividad – AGROIDEAS, establece lo siguiente: 63.1. Autorízase a los gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2021, a aprobar transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para la ejecución de Planes de Negocios a través de convenios de cooperación interinstitucional, en el marco del Programa de Compensación para la Competitividad - AGROIDEAS, a ser implementados en sus respectivos ámbitos territoriales. Dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante acuerdo del Consejo Regional o acuerdo del Concejo Municipal respectivo, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el gobierno regional o gobierno local respectivo. Dicho acuerdo se publica en el diario o fi cial El Peruano. 63.2. La aplicación de lo establecido en el presente artículo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los gobiernos regionales o gobiernos locales, según corresponda, que participan en dicho programa, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 63.3. Los recursos públicos transferidos en el marco del presente artículo, bajo responsabilidad, deben destinarse solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia. Que, mediante Informe Nº 023-2021-MDH-GDES/LHBM, de fecha 24 de agosto del 2021, el Gerente de Desarrollo Económico y Social hace llegar su Informe Técnico, sustentando el Co fi nanciamiento de los Planes de Negocio para el Fortalecimiento de las Actividades de Económicas de las Asociaciones de Productores que están gestionando su fi nanciamiento ante el Programa de Compensación para la competitividad – AGROIDEAS, indicando que el objetivo central contribuir a la mejora económica y social de los hogares del distrito de Hualgayoc, a través del co fi nancimiento de los planes de negocio de las diferentes Asociaciones de Productores, así como promover la participación y asociatividad de los productores del distrito de Hualgayoc. Que, el Gerente de Plani fi cación y Presupuesto mediante Carta Nº 058-2021-GPP-MDH de fecha 23 de Agosto del 2021, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados – Rubro: 18 CANON Y SOBRE CANON, REGALÍAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES, para el Co fi nanciamiento de los Planes de Negocio para el Fortalecimiento de las Actividades de Económicas de las Asociaciones de Productores del distrito de Hualgayoc; teniendo en cuenta la Ley Nº 31084 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. En la actualidad, AGROIDEAS implementa un nuevo enfoque de trabajo basado en mejorar las capacidades de los pequeños y medianos productores repotenciando la etapa de producción y comercialización de los mismos, así como capitalizándolos con adopción de tecnología; ya que tiene como misión fomentar la asociatividad, el fortalecimiento de la gestión empresarial y la adopción de tecnologías agrarias ambientales sostenibles de los pequeños y medianos productores agrarios del Perú, contribuyendo a la mejora de su competitividad y calidad de vida mediante una gestión efi ciente y orientada a resultados. Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Distrital de Hualgayoc y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado; y a los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal de Hualgayoc, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, por UNANIMIDAD; SE ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR la TRANSFERENCIA FINANCIERA POR EL MONTO DE S/ 500,000.00 (QUINIENTOS MIL CON 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), para la ejecución de planes de negocios a través de convenios de colaboración interinstitucional en el marco del Programa de Compensaciones para la Competitividad – AGROIDEAS. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, y Gerencia de Desarrollo Económico y Social, la realización de las acciones conforme a sus atribuciones para dar cumplimiento al presente acuerdo. Artìculo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el portal de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ISMAEL BECERRA PRADO Alcalde 1997763-1