NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 108
108 NORMAS LEGALES Jueves 2 de setiembre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 005-2021-MDLP/AL, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 07 de julio de 2021, se aprobó el Programa de Bene fi cio Especial para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de La Punta; Que, la vigencia de la ordenanza mencionada se encuentra establecida hasta el 03 de setiembre de 2021; pudiendo ser prorrogada mediante Decreto de Alcaldía conforme a lo establecido en la Tercera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza N° 005-2021-MDLP/AL; Que, mediante Informe Nº 070-2021-MDLP-GR, la Gerencia de Rentas expone que diversos contribuyentes vienen solicitando la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 005-2021-MDLP/AL, por lo que propone atender dicho pedido vecinal toda vez que es política de la presente gestión incentivar y establecer bene fi cios a favor de los contribuyentes del distrito para el cumplimiento voluntario en el pago de sus obligaciones tributarias pendientes de pago, siendo necesario por ello otorgar facilidades que les permita seguir realizando el pago de las mismas y, sin perjuicio de lo anterior, que los infractores que vulneren disposiciones establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la entidad, regularicen su situación de morosidad, por lo cual resulta necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 005-2021-MDLP/AL, con excepción del numeral 4.4 del artículo 4 de dicha Ordenanza, en lo referido al bene fi cio de descuento sobre Multas Administrativas, el mismo que vencerá el 03 de Setiembre de 2021, conforme a lo señalado; Estando a lo expuesto, contando con los vistos de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo 1°.- PRORRÓGUESE el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 005-2021-MDLP/AL, hasta el 30 de Diciembre de 2021, con excepción del numeral 4.4 del artículo 4 de dicha Ordenanza, referido a las Multas Administrativas, por lo que el bene fi cio previsto en dicho numeral vencerá el 03 de Setiembre de 2021, conforme a lo señalado. Artículo 2°.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas, a la Oficina General de Administración, a la Unidad de Tecnología de la Información, a la Oficina de Tesorería y demás áreas competentes de la entidad, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3°.- ENCÁRGUESE a la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Unidad de Tecnología de la Información en el portal del Estado Peruano, (www.peru.gob.pe) en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN Alcalde 1986917-1 975 479 164 • Directo: (01) 433 4773 suscripciones@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400