NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 94
94 NORMAS LEGALES Jueves 2 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, de conformidad al artículo 47 del DS Nº 054-2018- PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2018- PCM, en el extremo a los anexos, señala que el Contenido del Informe Técnico que sustenta la propuesta del ROF por modi fi cación de la Estructura Orgánica al que se re fi ere el literal a) del numeral 46.1 incluye las siguientes secciones: 1) Justi fi cación de la Necesidad, 2) Análisis de Racionalidad, 3) Recursos Presupuestales, (Anexos, debiendo incluir a) El Organigrama, b. Las fi chas Técnicas sustentatorios de las funciones asignadas a las unidades de organización de línea publicadas en el portal electrónico de la Presidencia del Consejo de Ministros. Este literal solo aplica a las entidades del Poder Ejecutivo (inciso modi fi cado) y c) El Cuadro de necesidad del personal. Que, por su parte el Artículo 50, en su numeral 50.1, señala que el expediente del Proyecto del ROF está conformado por los siguientes documentos: a) Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF, b) Proyecto de ROF, c) Exposición de motivos, d) Informe Técnico y sus Anexos y e) Informe Legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad y la no duplicidad de funciones. Que, de conformidad al númeral 6.6, de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, en lo concerniente al proceso de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Universidades Publicas, señala “Las universidades publicas aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, de manera integral mediante Resolución del Titular de la entidad, en concordancia con el númeral 45. 3 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del estado”, el mismo que se precisa “45.3.- Las entidades que no forman parte del Poder ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: a) El poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos y Universidades Publicas, por Resolución del Titular, (…)” Que, la LEY Nº 27658 - LEY MARCO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL ESTADO, señala: “El proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. El objetivo es alcanzar un Estado: a) Al servicio de la ciudadanía. b) Con canales efectivos de participación ciudadana. c) Descentralizado y desconcentrado. d) Transparente en su gestión. e) Con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados. f) Fiscalmente equilibrado”. Que, la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, señala que su Objeto de la Ley tiene por normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios, fi nes y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad. Teniendo en consideración que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados. Participan en ella los representantes de los promotores, de acuerdo a ley. Las universidades son públicas o privadas. Las primeras son personas jurídicas de derecho público y las segundas son personas jurídicas de derecho privado. Que, el artículo 8 de la citada norma también precisa que el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: “8.1 Normativo, implica la potestad auto determinativa para la creación de normas internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria. 8.2 De gobierno, implica la potestad auto determinativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo. 8.3 Académico, implica la potestad auto determinativa para fi jar el marco del proceso de enseñanza-aprendizaje dentro de la institución universitaria. Supone el señalamiento de los planes de estudios, programas de investigación, formas de ingreso y egreso de la institución, etc. Es formalmente dependiente del régimen normativo y es la expresión más acabada de la razón de ser de la actividad universitaria. 8.4 Administrativo, implica la potestad auto determinativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo. 8.5 Económico, implica la potestad auto determinativa para administrar y disponer del patrimonio institucional; así como para fi jar los criterios de generación y aplicación de los recursos”. Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF.- es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia. (DS-054-2018-PCM), los mismos que para aprobar o modi fi car un Reglamento de Organización y Funciones se debe tener en cuenta el cumplimento de lo establecido en los artículo 6, numeral 6.1, 46, numeral 46.1 y 46.2, así como el artículo 47 y 50 respectivamente, y habiéndose realizado la revisión del proyecto del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Agraria del Selva, la misma que conforme a los actuados cuenta con Informe Nº 010-2021-UMP-OPP-UNASTM, documento con el cual se deriva a este despacho para la emisión del Informe Legal correspondiente, asimismo cuenta con la Carta Nº 029-2021-OPP-UNASTM, el Informe Técnico (Sustentatorio del Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional Agraria de la Selva (ROF UNAS 2021), Informe Nº 010-2021-UMP-OPP-UNASTM, todo ello en cumplimientos a los presupuestos exigidos en el artículo 50 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, quedando pendiente la Aprobación mediante Acto Resolutivo del Titular, por estas consideraciones este despacho emite el presente Informe Legal de conformidad a lo exigido artículo 50 inciso e) del DS Nº 054-2018-PCM y Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, debiendo continuar la instancia correspondiente con su procedimiento respectivo; Asimismo estando a la emisión de la Resolución Nº 248-2020-R-UNAS, de fecha 02 de junio de 2020 y de conformidad a lo informado, lineamientos y dispositivos legales se debe de proceder a Dejar Sin Efecto el citado acto resolutivo. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y el Estatuto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva; Contando con el Informe Legal Nº 019-2021- OAJ- CEVL-UNAS-UNAS, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y el Estatuto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA que consta de 2 títulos, 6 capítulos y 102 artículos, y que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- DEJAR Sin Efecto la Resolución Nº 248-2020-R-UNAS, de fecha 02 de junio de 2020. Regístrese y comuníquese.MAXIMO ALFREDO DIONISIO GARMA Rector CARLOS DAVILA TRUJILLO Secretario General 1986796-1