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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Viernes 24 de setiembre de 2021 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM DECRETO SUPREMO Nº 156-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú establecen que todos tienen derecho a la protección de su salud, del medio familiar y de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizada para facilitar a todos, el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el artículo 44 de la Constitución prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, los artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud de la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo al principio de equidad, siendo posible establecer limitaciones al ejercicio del derecho a la propiedad, a la inviolabilidad del domicilio, al libre tránsito, a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, así como al ejercicio del derecho de reunión en resguardo de la salud pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y Nº 025-2021-SA, hasta el 01 de marzo de 2022;Que, por el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, quedando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú; el mismo que fue prorrogado por los Decretos Supremos Nº 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, Nº 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM, Nº 076-2021-PCM, Nº 105-2021-PCM, Nº 123-2021-PCM, Nº 131-2021-PCM, Nº 149-2021-PCM y Nº 152-2021-PCM, hasta el 31 de octubre de 2021; Que, según lo dispuesto por el numeral 8.7 de artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº 144-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº 149-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº 151-2021-PCM y el Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM, los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino fi nal sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y haber completado las respectivas dosis de vacunas según las exigencias del país donde se vacunó; Que, el avance en el proceso de vacunación contra la COVID-19 es diferente en cada país; por lo que, resulta necesario señalar que la presentación del carné de vacunación del país donde se vacunó el pasajero, no tiene carácter obligatorio; De conformidad con lo establecido en los numerales 4 y 14 del artículo 118 y el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Modificación del numeral 8.7 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº 144-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº 149-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº 151-2021-PCM y el Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM Modifícase el numeral 8.7 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2021-PCM, el Decreto Supremo Nº JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0816-2021-JNE.- Declaran infundado recurso de apelación y confirman el Acuerdo de Concejo N° 00094-2020-MDS, que rechazó solicitud de vacancia presentada contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica 55 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 02788-2021.- Autorizan inscripción de EBROKER Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 58 Res. Nº 02828-2021.- Modifican el artículo 155° del Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, aprobado por Resolución N° 232-98-EF/SAFP, referido a Prestaciones 59GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA R.A. Nº 286-2021-AL/MDP .- Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad 60 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA D.A. Nº 011-2021-MSB-A.- Aprueban la continuación del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital 61 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA Acuerdo Nº 90-2021-MDY .- Autorizan participación de regidores del Concejo Municipal en pasantía internacional que se realizará en México 62