NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Viernes 24 de setiembre de 2021 El Peruano / del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, y utilizando el procedimiento establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440; estableciendo que dichos recursos se destinan, únicamente, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que los mencionados pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la referida Caja de Pensiones; Que, mediante los O fi cios Nº 000813-2021/IN/DM y Nº 0475-2021-MINDEF/DM, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, respectivamente, solicitan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada Caja de Pensiones, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 000457-2021/IN/OGPP/OP y Nº 00313-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior y de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, respectivamente, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando Nº 0508-2021- EF/53.05, que adjunta el Informe Nº 0709-2021-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos emite la opinión técnica correspondiente e informa el déficit mensualizado que implica el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial para el Año Fiscal 2021; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 623 758 036,00 (SEISCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 370 399 487,00 (TRESCIENTOS SETENTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) al Ministerio del Interior y la suma de S/ 253 358 549,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) al Ministerio de Defensa, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 623 758 036,00 (SEISCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada Caja de Pensiones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 623 758 036,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 623 758 036,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del InteriorUNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 370 399 487,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 007 370 399 487,00 ============ PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 009 : O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 253 358 549,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 026 253 358 549,00 ============ TOTAL EGRESOS 623 758 036,00 ============ Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos 3.1. Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.