TEXTO PAGINA: 102
102 NORMAS LEGALES Sábado 2 de abril de 2022 El Peruano / Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4 del dispositivo legal antes indicado; Que, el numeral 3 del artículo 9º de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma que señala que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las nomas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 4º de la Ley 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la fi nalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, ello en concordancia con el artículo 1º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, que refi ere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona; Que, el artículo 46° del referido Decreto Supremo, señala los supuestos por las que se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, considerando en la motivación los supuestos (a) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización, (b) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización, (c) Por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica y (d) Por creación o fusión de una entidad con personería jurídica; Que, mediante Ordenanza N°297-2019/MLV se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, que contiene la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria, y modi fi catorias mediante la Ordenanza N° 311-2019/MLV, Ordenanza N° 320-2019/MLV y Ordenanza N° 347-2020/MLV; Que, a través del Informe Nº 039-2022-GSCFCGRD/ MLV de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión del Riesgo de Desastres y el Informe N°229-2022-SGFYC-GSCFCGRD/ MLV de la Subgerencia de Fiscalización y Control, proponen y sustentan la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones –ROF-, planteando que la mencionada subgerencia se convierta en gerencia, con la denominación de Gerencia de Fiscalización y Control; contando con la subgerencia correspondiente para efecto de la doble instancia; Que, mediante Memorando Nº444-2021-GSAT/MLV, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaría sustenta la inclusión dentro de sus funciones respecto a la emisión de resoluciones gerenciales que resuelvan en segunda instancia los recursos de apelación, referente a las solicitudes de inscripción, exclusión y modi fi cación de datos, anulación o baja de inscripción en el registro de contribuyentes, de acuerdo a lo sustentado por la Resolución del Tribunal Fiscal 03230-2-202; Que, a través del Memorando N° 156-2022-GPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto e Informe Nº 050-2022-SGPM-GPP/MLV de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización opina de manera favorable por la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones –ROF-; cabe añadir, que lo sustentado se encuentra alineado a los Objetivos Estratégicos Institucionales –PEI- y al Plan operativo Institucional –POI-, y obedece al fortalecimiento de la Estructura Orgánica; Que, mediante los Informes N°119 y 143-2022-GAJ/ MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto a la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones –ROF- de la Municipalidad de La Victoria, que proponen la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión del Riesgo de Desastres, a través de la Subgerencia de Fiscalización y Control y la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través de los proveído N°741 y 871-GM/MLV; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores miembros del Concejo Municipal asistentes a la Sesión Ordinaria Virtual de Concejo del 18 de marzo de 2022 y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones –ROF- y de la Estructura Orgánica aprobada mediante Ordenanza N° 297-2019/MLV y modi fi catorias, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante del presente dispositivo legal. Artículo 2º.- Disponer que las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF- sigan vigentes. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza; y que en su ejecución se tome en cuenta las medidas de austeridad, disciplina y racionalidad en el gasto público. Artículo 4°.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación del presente dispositivo y su anexo en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2054274-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza que establece incentivos por Actualización Predial en el distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 411-MDPP Puente Piedra, 31 de marzo de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias preceptúa que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que concuerda con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los