Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (02/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 2 de abril de 2022 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Prorrogan plazos establecidos en la Ordenanza N° 470-2022-MDA, mediante la cual se establecen disposiciones e incentivos para pago de tributos del ejercicio 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2022-A- MDA Ancón, 29 de marzo de 2022VISTO: El Informe Nº 109-2022-GATyR-MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es un órgano ejecutivo de gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Por su parte, el numeral 6 del Artículo 20 de la citada norma señala son atribuciones del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; fi nalmente, el Artículo 42 menciona que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Ordenanza Nº 470-2022-mda de fecha 15 de febrero de 2022, Ordenanza que establece Monto Mínimo del Impuesto Predial, las fechas de Vencimiento del Impuesto Predial; determinar los incentivos para el pago de tributos del ejercicio fi scal 2022 y fi ja la tasa de interés moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias recaudadas por la Municipalidad Distrital de Ancón; Que, mediante Informe Nº 109-2022-GATyR-MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas con el fi n de lograr una mejora en la recaudación, solicita que mediante Decreto de Alcaldía se disponga la Prorroga de los plazos dispuestos en los artículos 4to. y 5to. de la Ordenanza Municipal Nº 470-2022-MDA, hasta el 30 de abril de 2022, a fi n de mantener los bene fi cios a favor de los contribuyentes del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º inciso 6º, 42 º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, los plazos establecidos en los Artículos 4to y 5to de la Ordenanza 470-2022-MDA, de fecha 15 de febrero de 2022, los mismos que quedarán establecidos en los siguientes términos: “Artículo Cuarto.- El vencimiento de los Arbitrios Municipales del primer bimestre al 30 de Abril de 2022, así como el bene fi cio de pronto pago a los contribuyentes propietarios o poseedores de predios de uso casa habitación y/o terrenos sin construir que obtén por el pago total adelantado de los arbitrios Municipales ejercicios 2022, hasta el 31 de marzo del 2022, concediéndose un descuento del veinte por ciento (20%) sobre el importe de dichos arbitrios. Artículo Quinto.- EXONERAR 100% de moras e intereses generados a los Arbitrios Municipales, Impuesto Predial, y Multas Tributarias, hasta el 30 de abril del 2022.”Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás áreas competentes, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2054019-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza que incorpora una Disposición Transitoria a la Ordenanza N° 422-2019/MDC, que establece el procedimiento para el reconocimiento, registro y acreditación municipal de organizaciones sociales en el Registro de Organizaciones Sociales (ROS) del distrito de Carabayllo ORDENANZA Nº 467-MDC Carabayllo, 25 de marzo de 2022 El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ; VISTOS: Los Informes Nº 046-2022-SGPV-GDHS/ MDC y Nº 073-2022-SGPV-GDHS/MDC, de fecha 15 de febrero y 18 de marzo de 2022, respectivamente, emitidos por la Subgerencia de Participación Vecinal; El Informe Nº 284-2022-SCHU/GDUR/MDC, de fecha 23 de febrero de 2022,emitido por la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas; El Informe Nº 076-2022-SGRD-GDELT/MDC, de fecha 16 de marzo de 2022, emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; El Memorándum Nº 127-2022-GDELT/MDC, de fecha 18 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo; El Informe Legal Nº 115-2022-GAJ/MDC, de fecha 18 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum Nº 296-2022-GM/MDC, de fecha 18 de marzo de 2022,emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 002-2022-CPSYPD/MDC, de fecha 18 de marzo de 2022, emitido por la Comisión de Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, respecto al PROYECTO DE ORDENANZA QUE INCORPORA UNA DISPOSICION FINAL Y TRANSITORIA A LA ORDENANZA Nº 422-MDC, QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN MUNICIPAL (ROS) DEL DISTRITO DE CARABAYLLO; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9º numeral 8) señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; asimismo el Artículo 40º, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”;