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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (02/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Sábado 2 de abril de 2022 El Peruano / Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 464- MDC, que establece beneficios tributarios y administrativos para el ejercicio 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2022-A/MDC Carabayllo, 25 de marzo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTOS: El Informe Nº 0034-2022-GATR-MDC, de fecha 23 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal Nº 125-2022-GAJ/MDC, de fecha 25 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum Nº 326-2022-GM/MDC, de fecha 25 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDC; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 464-MDC, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 15 de febrero de 2022, se establecieron bene fi cios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma, el 30 de marzo de 2022; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 464-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga; Que, mediante Informe Nº 0034-2022-GATR-MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, indica que es necesario promover mecanismos que faciliten el pago de obligaciones tributarias a través de incentivos que permitan la captación de recursos para el mejoramiento de la prestación de los servicios a la comunidad; asimismo, considera necesario tomar acciones en referencia al tratamiento de los tributos municipales toda vez que, como unidad orgánica encargada de la gestión de la recaudación tributaria de la Municipalidad, debe promover y sumar esfuerzos a fi n de brindar la asistencia tributaria necesaria a los contribuyentes para reducir las consecuencias de la actual coyuntura social y económica, debido a la Pandemia COVID-19; y, propone prorrogar los bene fi cios señalados en la Ordenanza Nº 464-MDC, hasta el 30 de abril de 2022; Que, mediante Informe Legal Nº 125-2022-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina Favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia del bene fi cio contenido en la Ordenanza Nº 464-MDC, por encontrarse conforme a ley; y, mediante el Memorándum Nº 326-2022-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente; Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de abril de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDC, que estableció bene fi cios tributarios y administrativos en la jurisdicción del distrito de Carabayllo para el ejercicio 2022. Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, respectivamente; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario o fi cial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 2054510-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza que establece beneficios tributarios periodo 2022 para contribuyentes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 427-2022/MDCH Chorrillos, 29 de marzo de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS; VISTOS:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Chorrillos en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de marzo de 2022. Visto el Informe Nº 0403-2022-MDCH-GAT-SR de fecha 15 de marzo de 2022, emitido por la Subgerencia de Rentas, INFORME Nº 0423-2022-MDCH- GAT-SR de fecha 18 de marzo de 2022, emitido por la Subgerencia de Rentas; Informe Nº 044-2022-MDCH-GAT de fecha 18 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; Memorándum Nº 149-2022-MDCH-GPP de fecha 22 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe Nº 074-2022-MDCH-GAJ de fecha 22 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 159-2022-GM-MDCH de fecha 23 de marzo de 2022, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,