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15 NORMAS LEGALES Domingo 24 de abril de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ELVA ELISA MESTANZA TARRILLO en el cargo de Directora de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO GILBERTO CHÁVARRY ESTRADA Ministro del Interior 2060767-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Crean Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal para elaborar propuestas normativas que autoricen el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y 6 de abril de 2022, así como su incorporación excepcional como beneficiarios de programas sociales u otras intervenciones priorizadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0135-2022-JUS Lima, 23 de abril de 2022VISTOS; Informe N° 10 -2022-JUS-CR-ST, de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones; Informe N° 0139 -2022-JUS/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 344-2022-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, entre el 1 y 6 de abril de 2022 se realizaron movilizaciones en diferentes zonas del país a razón de reclamos de un sector de la ciudadanía, donde se produjo el lamentable fallecimiento de personas; Que, el Poder Ejecutivo ha asumido el compromiso de atender a las familias de las personas fallecidas, por lo que resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal, encargado de elaborar propuestas normativas que autoricen el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y 6 de abril de 2022, así como su incorporación excepcional como bene fi ciarios de programas sociales u otras intervenciones priorizadas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; Que, de conformidad con el literal c, del artículo 7 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, son parte de sus funciones especí fi cas promover el respeto de los derechos humanos en el marco de un Estado Constitucional de Derecho; Que, el numeral 28.1 del artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante Lineamientos, establece que los grupos de trabajo se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas; Que, el numeral 28.2 del artículo 28 de los mencionados Lineamientos, establece que los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen; Que, en consecuencia, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, encargado de elaborar propuestas normativas que autoricen el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y 6 de abril de 2022, así como la priorización de determinados programas sociales a favor de dichos deudos; Que, las entidades convocadas a integrar el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal han manifestado su conformidad previa; Con el visado del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, de la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y Objeto del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo multisectorial de naturaleza temporal para elaborar propuestas normativas que autoricen el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y 6 de abril de 2022, así como su incorporación excepcional como bene fi ciarios de programas sociales u otras intervenciones priorizadas. Artículo 2.- Conformación El Grupo de Trabajo está conformado por: 1.Un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien la preside. 2.Un/a representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. El Grupo de Trabajo, mediante su Secretaría Técnica, podrá convocar a otras entidades, las que participan en calidad de invitadas a solicitud de la Secretaría Técnica. Artículo 3.- Designación de representantes Los representantes son acreditados mediante o fi cio de la Secretaría General del sector correspondiente dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, al día siguiente de la publicación de la presente norma. Artículo 4.- Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial Son funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial: 1. Presentar una propuesta normativa que autorice el apoyo económico excepcional para los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y 6 de abril de 2022. 2. Presentar una propuesta normativa que autorice la incorporación excepcional de los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y 6 de abril de 2022 como bene fi ciarios de programas sociales u otras intervenciones priorizadas.