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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (24/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 24 de abril de 2022 El Peruano / Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deben presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS LOS DÍAS 25 AL 28 DE ABRIL DEL 2022 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0073-2022-MTC/12.04 Y Nº 0092-2022-MTC/12 ÓRDENES DE INSPECCIÓN NºsINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTORES CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 298-2022- MTC/12.0425-Abr 28-Abr US$ 800.00LATAM AIRLINES PERU S.A.ZAVALA SIERRA, LUIS ALBERTOBOGOTÁ D.C.REPÚBLICA DE COLOMBIAInspección por Renovación de Constancia de Conformidad de las aeronaves A320 FAM CC- COZ y CC-CPL851, 852, 2592, 2593 y 2599 299-2022- MTC/12.0425-Abr 28-Abr US$ 800.00LATAM AIRLINES PERU S.A.SATORNICIO SATORNICIO, LUIS GUSTAVOBOGOTÁ D.C.REPÚBLICA DE COLOMBIAInspección por Renovación de Constancia de Conformidad de las aeronaves A320 FAM CC- COZ y CC-CPL851, 852, 2592, 2593 y 2599 2060776-1 servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (05) territorios establecidos para tal efecto, fi jando plazos máximos para la aprobación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias respectivos; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 207- 2004-MTC/03 y modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Apurímac; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 019-2009- MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) como el sistema de televisión digital terrestre para el Perú; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 150-2010- MTC/03, se modi fi có la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF atribuyendo para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz; Que, con Resolución Ministerial Nº 235-2016- MTC/01.03, se modi fi có la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF estableciéndose que las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz se encuentran atribuidas para el servicio de radiodifusión por televisión que utiliza la tecnología digital y que las frecuencias previamente asignadas en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz podrán continuar siendo utilizadas para la transmisión de señales analógicas. Asimismo, la banda 692-698 MHz se declara en reserva y mientras dure esta situación el Ministerio no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0922-2022-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF del departamento de Apurímac, a fi n de incorporar los planes de las localidades de ANDARAPA-PACUCHA, CACHORA, CHACOCHE-CHAPIMARCA, CIRCA, CURAHUASI, HUANCARAMA-PACOBAMBA, HUANIPACA, KAQUIABAMBA, KISHUARA, LAMBRAMA y PICHIRHUA; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, el Plan Nacional Modifican la R.VM. N° 207-2004-MTC/03, que aprobó Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para diversas localidades del departamento de Apurímac RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 035-2022-MTC/03 Lima, 18 de abril de 2022VISTO: el Informe Nº 0922-2022-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y modi fi catorias, establece las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos