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39 NORMAS LEGALES Domingo 24 de abril de 2022 El Peruano / proceso electoral la puesta a disposición de la ciudadanía de la plataforma web Elige tu Local de Votación (ETLV), la cual permitirá que los electores elijan hasta tres opciones de local de votación, dentro del distrito a la que pertenece la dirección que fi gura en su documento de identidad, a fi n que el día de la jornada electoral voten en un lugar más cercano a su domicilio, o donde mejor les convenga; evitando desplazarse por largos tramos y/o recurrir a medios de transporte público; En tal sentido, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe de vistos, opina que el Plan propuesto por la Gerencia de Información y Educación Electoral para la campaña Elige Tu Local de Votación, recoge los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal; En consecuencia, resulta necesario aprobar el Plan de Medios Campaña Comunicacional “Elige Tu Local de Votación – Elecciones Regionales y Municipales 2022”, versión 00, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, para los fi nes correspondientes; De conformidad con la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; el literal h) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, así como, el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Secretaría General, Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto, y de Información y Educación Electoral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Medios Campaña Comunicacional “Elige Tu Local de Votación – Elecciones Regionales y Municipales 2022”, Versión 00, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Información y Educación Electoral la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y de la Resolución y su anexo, en el portal institucional www.onpe.gob.pe, y en el portal de Transparencia de la Entidad, en la misma fecha de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2060761-1 Resuelven tener por recibida la información remitida por el Jurado Nacional de Elecciones, en el que se detallan las ciento cuarenta y ocho (148) organizaciones políticas que presentaron listas de candidatos para las elecciones internas de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, y disponen la no instalación de mesas de sufragio en las circunscripciones correspondientes a diversas organizaciones políticas RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000010-2022-GOECOR/ONPE Lima, 21 de abril de 2022 VISTO: El O fi cio Nº 02039-2022-SG/JNE de fecha 20ABRIL2022, signada con Expediente Nº 0009542-2022, remitido por el secretario general (e) del Jurado Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucional autónomo y tiene como función primordial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo. Es la autoridad máxima en la organización y ejecución de procesos electorales; Con fecha 31 de octubre de 2021, se publicó en el diario o fi cial El Peruano la Ley Nº 31357, Ley que modi fi ca la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. Entre otras modi fi caciones, esta norma incorpora a la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP), la novena disposición transitoria, que dispone que las elecciones internas en las organizaciones políticas para elegir a los candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022, sean organizadas por la ONPE; la elaboración del padrón de electores lo realice el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); y, que la solución de controversias en sede jurisdiccional, la elección del cronograma correspondiente y las acciones de fi scalización estén a cargo del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); Por Resolución Jefatural Nº 001639-2021-JN/ ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 29 de noviembre de 2021, se aprobó el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (REI). De igual forma, el 30 de noviembre de 2021, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Reglamento sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, aprobado por Resolución Nº 0927-2021-JNE 1 (reglamento JNE); El numeral 10.2 del artículo 10 del REI dispone que la convocatoria a Elecciones Internas (EI) 2022 por parte de las organizaciones políticas deberá ser efectuada por el órgano facultado para ello, de acuerdo con su normativa interna y dentro del periodo que determine el cronograma electoral aprobado por el JNE. Asimismo, el numeral 10.4 del citado artículo establece que el documento donde conste la convocatoria a Elecciones Internas será informado por el presidente del Órgano Electoral Central (OEC) de la organización política en la forma que establezca la ONPE, y en un plazo no mayor de tres (3) días calendario posterior a la fecha de la convocatoria. Por su parte, los artículos 9 y 19 del reglamento JNE establecen que cada una de las organizaciones políticas convoca a EI 2022 dentro del periodo establecido en el cronograma aprobado por el JNE, esto es, del 15 al 22 de enero del 2022; En ese contexto, el numeral 5.2 del artículo 5 del REI precisa que corresponde a las unidades orgánicas y a las O fi cinas Regionales de Coordinación de la ONPE, la organización y ejecución de las EI 2022 en mención; Conforme a la estructura orgánica de la ONPE, desarrollada en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) institucional, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR) como órgano dependiente de la Gerencia General, se encarga de proponer, organizar, supervisar, monitorear y evaluar el funcionamiento y las actividades de las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales y de las O fi cinas Regionales de Coordinación. Por su parte, estas últimas son responsables de ejecutar las funciones institucionales en el ámbito de sus respectivas circunscripciones, teniendo, entre sus funciones, “realizar otras actividades relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional, Gerencia General y Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional”; Mediante la Resolución Gerencial N° 000003-2022-GOECOR/ONPE, del 4 de febrero de 2022, la GOECOR tiene por informada la convocatoria