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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Subsecretaria de la Subsecretaría de Seguimiento y Gestión de Compromisos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2022-PCM Lima, 27 de abril de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Subsecretario/a de la Subsecretaría de Seguimiento y Gestión de Compromisos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora OLGA LUZ CHAGUA TIMOTEO, en el cargo de Subsecretaria de la Subsecretaría de Seguimiento y Gestión de Compromisos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2062131-1 AMBIENTE Aprueban la “Metodología para la identificación de bienes priorizados y la formulación de los regímenes especiales en el marco de la responsabilidad extendida del productor” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2022-MINAM Lima, 26 de abril de 2022 VISTOS; los Informes N° 0042-2021-MINAM/ VMGA/DGRS/DIGRS y N° 00078-2022-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS y el Memorando N° 00024-2021-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS, de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos; los Memorandos N° 00949-2021-MINAM/VMGA/DGRS, N° 00099-2022-MINAM/VMGA/DGRS y N° 00358-2022-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; los Memorandos N° 00002-2022-MINAM/VMGA y N° 00330-2022-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00003-2022-MINAM/SG/OGPP/OM de la O fi cina de Modernización; el Memorando N° 00032-2022-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00054-2022-MINAM/SG/ OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene como objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la fi nalidad de propender hacia la maximización constante de la e fi ciencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos del citado Decreto Legislativo; Que, el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que es materia del régimen especial de gestión de residuos de bienes priorizados los bienes de consumo masivo que directa o indirectamente inciden signi fi cativamente en la generación de residuos sólidos en volúmenes considerables o que por sus características de peligrosidad requieran de un manejo especial; asimismo, precisa que el Ministerio del Ambiente, mediante Decreto Supremo refrendado por el o los sectores vinculados, aprueba la normativa de los bienes priorizados que se encuentran sujetos a este régimen especial de gestión de residuos sólidos, así como las obligaciones de los actores de la cadena de valor, los objetivos, las metas, el sistema de manejo y los plazos para la implementación de dicho régimen u otros que correspondan; Que, el artículo 86 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, establece que, para la identi fi cación de un bien priorizado, se puede tener en cuenta los siguientes criterios: a) Identi fi cación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien; b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien; c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien; d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien; y, e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética; Que, de acuerdo con la acción d.7) de la “Línea de Acción: Promover el aprovechamiento de material de descarte y la valorización de residuos industriales”, correspondiente al “Enfoque 3: Aprovechamiento de material de descarte y gestión de residuos industriales”, de la Hoja de Ruta hacia una Economía Circular en el Sector Industria, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2020-PRODUCE, el Ministerio del Ambiente tiene la responsabilidad de desarrollar una metodología en forma participativa para identi fi car los bienes priorizados cuyos residuos deben ser regulados a través del Régimen Especial establecido en el Decreto Legislativo N° 1278; Que, mediante Resolución Ministerial N° 211-2021-MINAM, se dispuso la prepublicación del proyecto de “Metodología para la identi fi cación de bienes priorizados y la formulación de los regímenes especiales en el marco de la responsabilidad extendida del productor”, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función