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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (28/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 28 de abril de 2022 El Peruano / Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado. Artículo 4.- El Oficial General comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2061799-1 Designan Directora de la Dirección Académica del Centro de Altos Estudios Nacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0291-2022-DE Lima, 27 de abril de 2022VISTOS:El O fi cio N° 00240-2022-MINDEF/VPD, del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; el O fi cio N° 01654-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH, de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00130-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC, de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 00572-2022-MINDEF/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0374-2021-DE, y actualizado con Resolución Directoral N° 00027-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH, el cargo de Director de la Dirección Académica del Centro de Altos Estudios Nacionales – Director de Sistema Administrativo I, se encuentra considerado como cargo de con fi anza; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará el mismo; Con el visado de la Secretaría General, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE.SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Darina Leticia Castro Rentería en el cargo de Directora de la Dirección Académica del Centro de Altos Estudios Nacionales – Directora de Sistema Administrativo I. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2062132-1 Autorizan viaje de personal FAP que conformará la tripulación de aeronaves, encargadas de realizar el traslado (ida y vuelta) del Presidente de la República y su Comitiva Oficial a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0296-2022-DE Lima, 27 de abril de 2022 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000268-2022-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 00960-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00579-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con la aeronave de alta performance Boeing 737-500 FAP 356, asignada al Grupo Aéreo Nº 8, la cual realiza vuelos en operación militar, en apoyo al desarrollo socioeconómico, vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, tanto en el ámbito interno como en el externo; Que, con O fi cio Nº 228-2022-DP/CMED, el Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la República solicita a la Fuerza Aérea del Perú el apoyo aéreo que permita el traslado (ida y vuelta) del señor Presidente de la República y su Comitiva O fi cial a la ciudad de Loja, República del Ecuador, el día 29 de abril de 2022, para participar del “Encuentro Presidencial y XIV Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú – Ecuador”; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 022-2022, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable la tramitación de la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que realizará el traslado (ida y vuelta) del señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de Loja, República del Ecuador, en la fecha programada; Que, la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio FAP Nº 000246-2022-COMOP-COA3/FAP de la Comandancia de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la Tripulación de las aeronaves Boeing B-737-500 FAP 356 (principal), o, en su defecto, Spartan C-27J FAP329 (alterna), por cuanto, permitirá realizar las acciones necesarias para apoyar el traslado del señor Presidente del República a la ciudad Loja, República del Ecuador con la referida aeronave, que le permite al Grupo Aéreo Nº 8 contar con la capacidad de movilidad aérea e fi caz, pudiendo transportar personal y material estratégico,