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8 NORMAS LEGALES Jueves 18 de agosto de 2022 El Peruano / 15 15-16 52.41 204 °34’12” 455559.8591 8446724.4213 16 16-17 36.28 110 °16’48” 455560.4764 8446672.0117 17 17-18 32.05 120 °20’26” 455526.6002 8446659.0385 18 18-19 60.23 118 °20’21” 455501.5861 8446679.0820 19 19-20 58.41 203 °20’24” 455512.4224 8446738.3249 20 20-21 83.14 166 °3’51” 455499.3078 8446795.2467 21 21-22 122.38 163 °29’49” 455500.7028 8446878.3797 22 22-23 108.58 183 °19’27” 455537.4319 8446995.1230 23 23-1 147.30 163 °44’17” 455563.9584 8447100.4175 TOTAL 1284.53 3779 °59’59” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 003-2022-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 27 de junio de 2022, así como en los Informes N° 000584-2022-DSFL/MC, Informe N° 000099-2022-DSFL-LMS/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-046-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84 el cual se adjunta como Anexo a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDID A REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación.xParalización de la remoción al parecer con ma- quinaria pesada de una parte del bien cultural. - Señalización xInstalación de murales de señalización, e hitos de delimitación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Yauca del Rosario, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 003-2022-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 27 de junio de 2022, el Informe N° 000584-2022-DSFL/MC, Informe N° 000099-2022-DSFL-LMS/MC e Informe Nº 000119-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-046-MC-DGPA-DSFL-2022 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. YURI WALTER CASTRO CHIRINOS DirectorDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2096116-1DEFENSA Autorizan viaje de personal militar a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0769-2022-DE Lima, 15 de agosto de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 112-SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio Nº 01591-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01256-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante documento de fecha 10 de marzo de 2022, el Comandante del Departamento de Defensa del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC) solicita al Comandante General del Ejército del Perú, continuar participando en el Programa de Instructores de la Nación Amiga (PNI), proporcionando un instructor, en remplazo del Teniente Coronel EP Juan Miguel MEDINA, para el Curso de Carrera de Capitanes de Maniobra (MCCC) en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), por el periodo de dos (2) años, a partir del 12 de setiembre de 2022; Que, con Hoja de Recomendación Nº 028/U-4. b.3/05.00, elaborada por el Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Mayor EP Julio Darwin ESCUDERO VILLANUEVA (titular) y al Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente), para participar como instructor del Curso de Carrera de Capitanes de Maniobra (MCCC), en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), ubicado en el Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 12 de setiembre de 2022 al 11 de setiembre de 2024; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Julio Darwin ESCUDERO VILLANUEVA (titular), o en su defecto, el Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente), para que participe como instructor del Curso de Carrera de Capitanes de Maniobra (MCCC), en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), del Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), por cuanto, permitirá capacitar a personal militar de dicha Institución Armada con estándares internacionales e intercambiar conocimientos, mejorando sus capacidades en instrucción doctrinal y táctica, gestión de entrenamiento, proceso de toma de decisiones militares, preparación de inteligencia del campo de batalla, entrenamiento físico y similares; Que, a través del Dictamen Legal Nº 1572-2022/ OAJE, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Julio Darwin ESCUDERO VILLANUEVA, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; asimismo, señala que, con el fi n de garantizar la participación del O fi cial Superior designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno con un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, los gastos por