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13 NORMAS LEGALES Martes 11 de enero de 2022 El Peruano / Designan Directora de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0022-2022-IN Lima, 10 de enero de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir del 13 de enero de 2022, a la señora INGRID LIZBETH VENEROS MENDIVIL en el cargo de Directora de la O fi cina de Desarrollo de Recursos Humanos de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI Ministro del Interior 2029233-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modificado Versión 2 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0009-2022-JUS Lima, 10 de enero de 2022 VISTOS, el Informe Nº 436-2021-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el informe N° 002-2022-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se creó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado, tiene entre sus funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, el subnumeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEl), y sujetándose a Ia normatividad vigente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0023- 2021-JUS, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2024; con Resolución Ministerial N° 0173-2020-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual periodo 2021–2023; y, a través de la Resolución Ministerial N° 0336-2020-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 0214-2021-JUS, que es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional y sus modi fi catorias, la misma que establece las pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, al respecto, el numeral 6.3 de la Sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional y sus modi fi catorias, re fi ere que el Plan Operativo Institucional se modi fi ca cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, señala que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, en ese marco, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha elaborado el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 2 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el cual recoge la información presentada por los órganos, consejos, comisiones y programas, respecto a la modi fi cación de sus metas físicas y fi nancieras para el año 2021, de acuerdo a la Guía para el Planeamiento lnstitucional; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución, lo cual incluye la modi fi catoria de los mismos;