TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Cerro Tomabal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:3; Que, mediante Informe Nº 000175-2021-DGPA-ARD/ MC de fecha 17 de diciembre de 2021, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Cerro Tomabal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:5; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 013-2022-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero .- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cerro Tomabal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:3, ubicado en el distrito Virú, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo con el Plano Perimétrico con código N° PPROV-041-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTMZona UTM: 17 S CUADRO DE DATOS TECNICOS S. A. Tomabal C o VV.125-2:3 VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 336.54 95°43’25” 752740.683 9075722.32 2-3 434.43 192°6’41” 753069.378 9075650.073 3-4 839.15 93°22’38” 753503.802 9075647.9294 4-5 142.46 151°57’26” 753549.109 9074810.0015 5-6 289.32 96°24’48” 753489.02 9074680.833 6 6-7 100.28 180°8’34” 753214.704 9074772.802 7 7-8 88.08 193°41’48” 753119.545 9074804.4428 8-9 103.44 160°16’59” 753031.757 9074811.6529 9-10 145.75 160°38’46” 752937.568 9074854.402 10 10-11 167.72 146°51’1” 752832.31 9074955.221 11 11-12 99.86 210°59’12” 752794.341 9075118.588 12 12-13 116.10 159°2’56” 752724.882 9075190.33713 13-14 72.49 195°55’21” 752679.293 9075297.116 14 14-15 70.90 133°22’46” 752633.634 9075353.415 15 15-1 314.18 169°27’39” 752642.984 9075423.694 TOTAL 3320.7 2340°00’00” ÁREA: 692 329.92 m² (69.2329 ha) PERÍMETRO: 3 320.70 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 000007-2021-PCDPC-SDDPCICI-DDC-LIB-APD/MC, elaborado por el Licenciado Alan Martin Paredes Díaz de fecha 25 de agosto de 2021, así como en los Informes N° 000860-2021/DSFL/MC y 000097-2021-DSFL-DRM/MC y el plano perimétrico con código PPROV-041-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad, las siguientes:MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xSe recomienda la paralización de la construcción de la vivienda de material noble, del acondicionamiento agrícola, ampliaciones rurales y de la ampliación de la granja. - Ofi ciar a la Municipalidad Provincial de Trujillo sobre habilitaciones urbanas en el sector El Niño, distrito de Virú, Provincia de Trujillo. - Se recomienda o fi ciar a la Municipalidad Provincial de Virú para darles a conocer sobre el área arqueológica intangible y, en el marco de sus funciones en la protección del patrimonio cultural, evitar que continúen afectando el sitio arqueológico Cerro Tomabal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:3. - Solicitar a la dirección de agricultura del Gobierno Regional La Libertad o a quien corresponda información sobre permisos de habilitación terrenos agrícolas en el área del Sitio Arque ológico Cerro Tomabal C. - Señalización x- Colocar 2 paneles informativos, en el área de afectación del sitio arqueológico Cerro Tomabal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:3 - Colocación de hitos y el repintado del panel de señalización del sitio arqueológico Cerro Toma-bal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:3 -Retiro de estructuras tem- porales, maquinarias, her-ramientas, elementos y/o accesoriosx Retiro de la estructura precaria para habitar. Artículo Tercero .- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto .- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto .- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Virú, a fi n de que procedan de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo .- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo .- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 000007-2021-PCDPC-SDDPCICI-DDC-LIB-APD/MC de fecha 25 de agosto de 2021, el Informe N° 000860-2021-DSFL/MC, Informe N° 000097-2021-DSFL-DRM/MC e Informe Nº 000175-2021-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PPROV-041-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2037368-1