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8 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000067-2022-DSFL/MC de fecha 27 de enero de 2022, sustentado en el Informe N° 000019-2022-DSFL-MDR/MC de la misma fecha, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 13-2021-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, elaborado por el Lic. Carlos Daniel Osores Mendives; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueologico Villa San Juan; Que, mediante Informe Nº 000009-2022-DGPA-ARD/ MC de fecha 03 de febrero de 2022, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir la resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueologico Villa San Juan; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 012-2022-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Villa San Juan ubicado en el distrito de Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo plazo. El ámbito de la protección provisional se determina de acuerdo a lo señalado en el Plano Perimétrico con código PPROV-009-MC_DGPA-DSFL-2022WGS84, el cual presenta las siguientes coordenadas: Zona Geográ fi ca: 17S Datum: WGS84 Zona: 17 SurÁrea: 109624.33 m2 (10.9624 ha)Perímetro: 1359.63 m. SITIO ARQUEOLÓGICO VILLA SAN JUAN VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 27.15 119°¨3’11” 632247.3493 9295078.0501 2 2-3 64.85 155°13’25” 632276.8702 9295064.4796 3 3-4 67.63 192°10’28” 632308.2865 9295011.5183 4 4-5 38.73 91°2’44” 632358.0838 9294965.7514 5 5-6 54.75 176°24’34” 632332.4028 9294936.7644 6 6-7 48.63 178°18’21” 632293.6007 9294898.1378 7 7-8 30.85 206°6’31” 632258.1340 9294864.8604 8 8-9 56.06 162°37’57” 632247.2201 9294836.00109 9-10 53.18 165°51’5” 632212.6441 9294791.8772 10 10-11 43.19 172°57’49” 632170.6074 9294759.3071 11 11-12 41.09 182°12’9” 632133.4820 9294737.2354 12 12-13 52.24 152°35’0” 632098.9986 9294714.8974 13 13-14 76.31 196°3’49” 632047.0055 9294709.8744 14 14-15 58.03 105°56’34” 631976.0422 9294681.8041 15 15-16 77.79 171°29’44” 631940.6972 9294727.8255 16 16-17 86.13 177°57’45” 631902.9599 9294795.8489 17 17-18 40.21 159°23’24” 631863.8810 9294872.6026 18 18-19 312.77 108°49’28” 631859.4157 9294912.5648 19 19-20 23.87 97°8’24” 632142.4168 9295045.7362 20 20-21 21.00 262°0’42” 632155.1850 9295025.5703 21 21-1 85.17 186°36’43” 632174.3127 9295034.2277 TOTAL 1359.63 3420°00’00” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 13-2021-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 23 de diciembre de 2021, así como en los Informes N° 000067-2022-DSFL/MC, Informe N° 000019-2022-DSFL-MDR/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-009-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xComunicación con los responsables de las afectaciones para evitar que sigan trabajando en la zona. -Incautación:: xIncautar maquinaria pesada que se encuentre en el lugar afectando la evidencia arqueológica. - Señalización: xColocar hitos y Paneles informativos sobre su intangibilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Jayanca, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 13-2021-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 23 de diciembre de 2021, el Informe N° 000067-2022-DSFL/MC, Informe N° 000019-2022-DSFL-MDR/MC e Informe Nº 000009-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-009-MC_DGPA-DSFL-2022 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2037374-1 Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cerro Tomabal C o Sitio Arqueológico VV.125-2:3, ubicado en el distrito Virú, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000006-2022-DGPA/MC San Borja, 3 de febrero del 2022