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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (10/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / participar en el “Octavo Salón Aeronáutico de Singapur” (SINGAPORE AIRSHOW 2022), a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 14 al 17 de febrero de 2022; Que, a través del O fi cio N° 00176-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 036-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00096-2022-MINDEF/SG-OGAJ y el O fi cio N° 00135-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General del Aire Alfonso Javier ARTADI SALETTI, del Mayor General FAP Carlos Gustavo ELERA CAMACHO y del Comandante FAP Marco Antonio GARCÍA OSTOLAZA, para participar en el “Octavo Salón Aeronáutico de Singapur” (SINGAPORE AIRSHOW 2022), a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el “Octavo Salón Aeronáutico de Singapur” (SINGAPORE AIRSHOW 2022), a realizarse en la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 14 al 17 de febrero de 2022; así como, autorizar su salida del país el 12 de febrero de 2022 y su retorno al país el 19 de febrero de 2022. General del Aire Alfonso Javier ARTADI SALETTI NSA: O-9434381 DNI: 03885781 Mayor General FAP Carlos Gustavo ELERA CAMACHO NSA: O-9479983 DNI: 43354047Comandante FAP Marco Antonio GARCÍA OSTOLAZANSA: O-9669597 DNI: 40048581 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 500.00 x 4 días x 3 personas x 40% US$ 2 400,00 Total a pagar: US$ 2 400,00 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial General más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria.Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2037510-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Oficina de Normalización Previsional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO N° 016-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que a partir del 1 de julio de 2020, la O fi cina de Normalización Previsional se encarga de la administración y pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 y sus normas complementarias de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación, así como de las contingencias que se deriven de dicha administración y pago; asimismo, asume la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite, conforme a la normativa que se establezca; Que, en ese marco, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) a los a fi liados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Educación a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para fi nanciar, de forma progresiva, el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 y sus normas complementarias de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación, en el marco de lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019; las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 077-2020, autoriza a la O fi cina de Normalización Previsional para que mediante Resolución Jefatural apruebe las disposiciones complementarias que, bajo el ámbito de su competencia, sean necesarias para el desarrollo de las medidas contenidas en el referido Decreto de Urgencia; Que, mediante Resolución Jefatural N° 080-2020-JEFATURA/ONP, se aprueban los Lineamientos para la remisión de la información y documentación a la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) por parte de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación y de las Sociedades de Bene fi cencia, para implementar, entre otras medidas, lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020; Que, el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035- 2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la atención de acciones en el marco de la Emergencia Sanitaria y para minimizar los efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la COVID-19, establece como nuevo plazo para la implementación del