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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (10/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2038063-4 Designan funcionarios diplomáticos ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0085-2022-RE Lima, 4 de febrero de 2022VISTA:La Resolución Ministerial Nº 0537-2020-RE, de 21 de setiembre de 2020, que designó a funcionarios diplomáticos ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a partir del 1 de junio de 2020; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo N° 004-2018-MC, de 6 de junio de 2018, crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura; Que, entre las funciones del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, se encuentran formular la Agenda de Conmemoración de Bicentenario de la Independencia del Perú, así como ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración; Que, la vigencia del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú se extiende hasta los ciento veinte (120) días hábiles posteriores a la culminación de la conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, a través de los Decretos Supremos N°016-2020- MC y 011-2021-MC, se aprobaron, respectivamente, la primera y segunda actualización de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, conforme al artículo 8 del Decreto Supremo N° 004-2018-MC, todos los Ministerios comunican al Proyecto Especial la designación de la persona que se encargará de realizar las acciones de coordinación por parte de su Sector, como parte de las actividades de conmemoración del Bicentenario de la Independencia Nacional. Dicha designación se formaliza mediante la respectiva Resolución Ministerial; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 004- 2018-MC, que crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 135- 2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar término a la designación ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, de los siguientes funcionarios diplomáticos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Rómulo Fernando Acurio Traverso, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Luis Guillermo Romero Aguirre, como Coordinador Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, - Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Alejandro Horacio Paredes Moreno, como Coordinador Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2.- Designar ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a los siguientes funcionarios diplomáticos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Andrés Miguel Herrera Rodríguez, Director General para Asuntos Culturales, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, - Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Héctor Israel Vera Peñaranda, funcionario de la Dirección General para Asuntos Culturales, como Coordinador Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2037985-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR