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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (10/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019 y del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020, hasta el 30 de junio de 2021; Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 054-2021, Decreto de Urgencia que modi fi ca el plazo para la implementación de la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional, establecido en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2021 y dicta otras disposiciones; se modi fi ca el plazo establecido por el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2021 para la implementación del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, y del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020, para la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional, hasta el 31 de diciembre de 2021; Que, mediante la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se amplía el plazo, hasta el 31 de diciembre de 2022, de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 054-2021, para la implementación del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019 y del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020, para culminar la transferencia de la administración y pago de las pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional (ONP); señalando que la transferencia incluye las contingencias que se deriven de la administración y pago, asumiendo la ONP la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite; Que, mediante el O fi cio N° 0012-2022-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para fi nanciar el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 y sus normas complementarias, correspondientes a diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, al amparo de lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020, en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2021, en el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 054-2021 y en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00038-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 0042-2022-EF/53.05, que adjunta el Informe N° 0089-2022-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, considera viable autorizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, del Ministerio de Educación a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para fi nanciar el pago de las pensiones del Decreto Ley N° 20530 y sus normas complementarias, por la suma de S/ 334 095 740,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) correspondiente a 22 946 pensionistas; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 334 095 740,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Educación a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) a los a fi liados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones; en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la atención de acciones en el marco de la Emergencia Sanitaria y para minimizar los efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la COVID-19; en el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 054-2021, Decreto de Urgencia que modi fi ca el plazo para la implementación de la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la O fi cina de Normalización Previsional, establecido en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2021 y dicta otras disposiciones; y, en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 334 095 740,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la O fi cina de Normalización Previsional, para fi nanciar el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530 y sus normas complementarias, correspondientes a diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, en el marco de lo señalado en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 015-2019; en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 077-2020; en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2021; en el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 054-2021; y, en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para TodosCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y TécnicaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 334 095 740,00 ============ TOTAL EGRESOS 334 095 740,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 095 : O fi cina de Normalización Previsional - ONPUNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina de Normalización Previsional CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 334 095 740,00 ============ TOTAL EGRESOS 334 095 740,00 ============