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10 NORMAS LEGALES Viernes 1 de julio de 2022 El Peruano / de acciones concretas que aborden integralmente la problemática hídrica en dicha provincia, con vigencia hasta el 30 de junio del 2022; Que, durante la vigencia de la mesa de diálogo se ha logrado instalar tres subgrupos de trabajo lo que ha permitido la mejor discusión de las demandas, la información del avance en el cumplimiento de los compromisos y demás acciones realizadas por el cada uno de los sectores del Poder Ejecutivo y los distintos actores involucrados; sin embargo, queda pendiente que las entidades de los sectores e instituciones del Estado puedan presentar sus respectivos informes con los avances alcanzados, así como fi nalizar con la ejecución de acciones orientadas a atender los diversos proyectos y demandas que las municipalidades han presentado, lo que hace que el objeto de la Mesa de Diálogo requiera de un tiempo adicional que permita su cumplimiento; Que, a través de los documentos del visto, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo justi fi ca y propone la ampliación por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario la vigencia de la resolución consignada en el primer párrafo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 004-2021-PCM/SGSD Modifícase el artículo 11 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 004-2021-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Articulo 11.- Periodo de Vigencia e Informe Final La Mesa de Diálogo tiene vigencia hasta el 30 de junio del 2023. Vencido el período de vigencia, la Presidencia con el apoyo de la Secretaría Técnica dispone de treinta (30) días calendario adicionales, para presentar un informe fi nal a la Presidencia del Consejo de Ministros.”. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ALBERTO MURO VENTURA Secretario de Gestión Social y Diálogo 2081915-1 CUL TURA Designan Director del Sistema Administrativo IV de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000203-2022-DM/MC San Borja, 28 de junio de 2022VISTOS; el Informe N° 000274-2022-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000719-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a del Sistema Administrativo IV de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es considerado de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a del Sistema Administrativo IV de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de julio del 2022, al señor MIGUEL BUENAVENTURA CHOQUE GOMEZ en el cargo de Director del Sistema Administrativo IV de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2081841-1 DEFENSA Modifican la Resolución Directoral N° 326-2022 MGP/DICAPI, que dispuso la publicación del proyecto de “Reglamento de Seguridad de Equipo y Prevención de la Contaminación para Naves y Artefactos Navales en los ámbitos marítimo, fluvial y lacustre“ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 521/2022/MGP/DICAPI 23 de junio de 2022Visto, las Actas de Reunión Nº 001-2022-DIRAMAR/ DICAPI y Nº 002-2022-DIRAMAR/DICAPI del Director de Administración Marítima de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de fecha 01 y 03 de junio del 2022, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su artículo 3º establece que corresponde a la Autoridad Marítima Nacional aplicar y hacer cumplir el presente Decreto Legislativo, las normas reglamentarias y complementarias, las regulaciones de los sectores y organismos competentes y los tratados o Convenios en que el Perú es parte en el ámbito de su competencia; Que, de acuerdo al reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de