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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2022 (12/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Martes 12 de julio de 2022 El Peruano / la provincia de Rodríguez de Mendoza y en el distrito de Cajaruro de la provincia de Utcubamba del departamento de Amazonas, por impacto de daños ante la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres-SINAGERD”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA:Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia Prorrogar el Estado de Emergencia en el distrito de Ocumal de la provincia de Luya, en los distritos de Chirimoto, Cochamal, Limabamba, Milpuc y Totora de la provincia de Rodríguez de Mendoza y en el distrito de Cajaruro de la provincia de Utcubamba del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, declarado mediante el Decreto Supremo Nº 050-2022-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 13 de julio de 2022, con la fi nalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Amazonas y los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modi fi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros ANDRÉS RIMSKY ALENCASTRE CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de DefensaMARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZMinistro del Interior GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2085429-1 Designan Subsecretaria de la Subsecretaría de Articulación Regional y Local de la Secretaría de Descentralización de la PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 207-2022-PCM Lima, 11 de julio de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Subsecretario/a de la Subsecretaría de Articulación Regional y Local de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora EVELYN JUDITH DOMINGUEZ GUTIERREZ, en el cargo de Subsecretaria de la Subsecretaría de Articulación Regional y Local de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2085409-1 AMBIENTE Autorizan viaje de investigadores del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, para participar en evento a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2022-MINAM Lima, 11 de julio de 2022VISTOS; el O fi cio Nº 069-2022-IIAP/PE/GG, de la Gerencia General del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP; el Memorando Nº 00628-2022-MINAM/VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando Nº 00402-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23374, Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1429, establece que el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP es un Organismo Técnico Especializado con personería jurídica de derecho público interno y autonomía económica y