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12 NORMAS LEGALES Martes 12 de julio de 2022 El Peruano / Que, mediante el Memorando Nº 0243-2022- EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0205-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, informa sobre el estado situacional de los proyectos de inversión presentados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en base a la información registrada en el aplicativo informático del Banco de Inversiones; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta por la suma de S/ 33 567 486,00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 33 567 486,00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos Gobiernos Locales; en el marco de lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Autorización de Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 33 567 486,00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de lo dispuesto en el numeral 1 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías DescentralizadoPROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 33 567 486,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 33 567 486,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en ProductosACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 33 567 486,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 33 567 486,00 ============ 1.2 Los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se detallan en el Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Autorización de Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 33 567 486,00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión de infraestructura vial en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Cuadragésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 33 567 486,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 33 567 486,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 33 567 486,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 33 567 486,00 ============ 2.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente Decreto Supremo, se encuentran en el Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano.