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79 NORMAS LEGALES Jueves 2 de junio de 2022 El Peruano / MUNICIPALVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS MAYNAS – FERNANDO LORES 22 22 MAYNAS – INDIANA 22 22 MAYNAS – LAS AMAZONAS 22 22 MAYNAS – PUNCHANA 22 22 MAYNAS – SAN JUAN BAUTISTA 22 22 REQUENA 22 22 REQUENA – EMILIO SAN MARTÍN 22 22 REQUENA – JENARO HERRERA 22 22 REQUENA – SAQUENA 22 22 UCAYALI 22 22 UCAYALI – PAMPA HERMOSA 22 22 UCAYALI – SARAYACU 22 22 UCAYALI – VARGAS GUERRA 22 22 2.9. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de la votación obtenida por cada lista, la cual debe mantenerse invariable. 2.10. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 242013-37-I. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 242013-37- I, en las provincias y distritos indicados las siguientes cifras: MUNICIPALVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS ALTO AMAZONAS 22 22 ALTO AMAZONAS – BALSAPUERTO 22 22 ALTO AMAZONAS – JEBEROS 22 22 ALTO AMAZONAS –LAGUNAS 22 22 DATEM DE MARAÑÓN 22 22 DATEM DE MARAÑÓN – ANDOAS 22 22 DATEM DE MARAÑÓN – CAHUAPANAS22 22 DATEM DE MARAÑÓN – MANSERICHE22 22 DATEM DE MARAÑÓN – MORONA 22 22 MARISCAL RAMÓN CASTILLA – PEBAS22 22 MAYNAS 22 22 MAYNAS – BELÉN 22 22 MAYNAS – FERNANDO LORES 22 22 MAYNAS – INDIANA 22 22 MAYNAS – LAS AMAZONAS 22 22 MAYNAS – PUNCHANA 22 22 MAYNAS – SAN JUAN BAUTISTA 22 22 REQUENA 22 22 REQUENA – EMILIO SAN MARTÍN 22 22 REQUENA – JENARO HERRERA 22 22 REQUENA – SAQUENA 22 22 UCAYALI 22 22 UCAYALI – PAMPA HERMOSA 22 22 UCAYALI – SARAYACU 22 22 UCAYALI – VARGAS GUERRA 22 223. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 242013-37-I se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 242013-37-I. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINASANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2073323-1 Declaran válida el Acta Electoral N° 102615- 38-I RESOLUCIÓN Nº 0845-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000303 RAIMONDI - ATALAYA - UCAYALIELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, treinta de mayo de dos mil veintidós.VISTA: el Acta Electoral Nº 102615-38-I, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Alianza para el Progreso, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y CONSIDERANDO QUE:PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 asignan al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral en última y de fi nitiva instancia. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 prevé: Artículo 139.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: […]8. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o de fi ciencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. 1.3. El artículo 185 establece, sobre el escrutinio público, que “[e]l escrutinio de los votos en toda clase de elecciones […] se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio. Sólo [sic] es revisable en los