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4 NORMAS LEGALES Lunes 6 de junio de 2022 El Peruano / CUL TURA Designan Directora de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000167-2022-DM/MC San Borja, 2 de junio del 2022VISTOS; el Memorando N° 000979-2022-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000602-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial N° 412-2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas es considerado de con fi anza; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora DULHY CAROLINA PINEDO AMACIFUEN en el cargo de Directora de Programa Sectorial IV de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2073906-1 Rectifican errores materiales incurridos en las bases de Concursos Nacionales, aprobadas mediante las RR.DD. N°s. 000140 y 000193-2022-DGIA/MC RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000224-2022-DGIA/MC San Borja, 3 de junio del 2022VISTO, el Informe Nº 000210-2022-DAFO/MC, de fecha 31 de mayo de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 000113- 2022-DM/MC se aprueba la propuesta del Plan Anual para el Fomento de la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2022; Que, con fecha 25 de abril de 2022, mediante Resolución Directoral Nº 000140-2022-DGIA/MC, se aprueban las Bases de los siguientes estímulos económicos concursables y no concursables, correspondientes a la primera convocatoria: Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca - 2022, Estímulo a la Promoción Internacional - 2022, Estímulo al Fortalecimiento de Capacidades – 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción - 2022, Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficción Exclusivo para las Regiones del País (excepto Lima Metropolitana y Callao) - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Documental - 2022, Concurso Nacional de Desarrollo de Videojuegos - 2022 y Concurso Nacional de Pilotos de Serie - 2022; Que, con fecha 20 de mayo de 2022, mediante Resolución Directoral Nº 000193-2022-DGIA/MC, se aprueban las Bases de los siguientes estímulos económicos concursables y no concursables, correspondientes a la segunda convocatoria: Estímulo a la Formación de Públicos a través de Festivales y Encuentros - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Animación - 2022, Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias - 2022, Concurso Nacional de Creación Experimental – 2022, Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje - 2022, Concurso Nacional para la Formación Audiovisual - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual - 2022, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje - 2022, Premio a la Destacada Trayectoria en el Ámbito Audiovisual - 2022; Que, el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, mediante Informe Nº 000210-2022-DAFO/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios informa sobre los errores materiales detectados en la Resolución Directoral Nº 000140-2022-DGIA/MC y en la Resolución Directoral Nº 000193-2022-DGIA/MC, los cuales no modi fi can ni alteran lo sustancial del contenido ni del sentido de las mismas; Que, al advertirse la existencia de errores materiales en las Resoluciones citadas, resulta necesario recti fi carlos, conforme la forma y modalidad de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Con el visto bueno del Director de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, y; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Rectifíquese el error material incurrido en el numeral IV de las bases del Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción – 2022, aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 000140-2022-DGIA/MC, en los siguientes términos: “(...)En caso de codirección con un director que ha realizado dos largometrajes o más, se considerará parte de la categoría de Tercer largometraje a más. (...)”Artículo Segundo.- Rectifíquese el error material incurrido en el numeral IV de las bases del Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficción Exclusivo para las Regiones del País (excepto Lima Metropolitana y Callao) - 2022, aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 000140-2022-DGIA/MC, en los siguientes términos: