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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (12/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Domingo 12 de junio de 2022 El Peruano / Crean Grupo de Trabajo denominado “Comité para el acompañamiento y evaluación del cumplimiento de los compromisos arribados entre el Poder Ejecutivo, representantes de la empresa minera Las Bambas S.A. y los representantes de las comunidades campesinas de Fuerabamba, Chila, Choaquere, Chuicuni, Pumamarca y Huancaire de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 182-2022-PCM Lima, 11 de junio de 2022CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos para contribuir a la solución de con fl ictos sociales, con la fi nalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a las obligaciones internacionales y nacionales en derechos humanos y demás valores para la sostenibilidad y la defensa del Estado de Derecho; Que, el sub numeral 6.4 del numeral 6 de los “Lineamientos y protocolos para la intervención del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Locales, en materia de gestión social y diálogo”, aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 008-2021-PCM/SGSD, establece que la con fl ictividad social es responsabilidad de los órganos a cargo de la gestión social y diálogo del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales o Locales; asimismo, el sub numeral 6.10 de los citados Lineamientos, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, en el marco de sus competencias, coordina con todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y gobiernos locales, la debida atención de los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos para la solución de controversias y con fl ictos sociales; Que, la comunidad de Fuerabamba exige el cumplimiento de los acuerdos suscritos con la empresa minera Las Bambas S.A., en el marco del reasentamiento poblacional, consignados en el documento “Compendio de acuerdos entre el comité central de negociación de la C.C. de Fuerabamba y los representantes del proyecto minero Las Bambas operado por Xstrata Copper”, de fecha 29 de diciembre de 2009, el cual comprende trece (13) ejes de trabajo. Por su parte, las comunidades de Chila, Choaquere, Pumamarca, Chuicuni y Huancuire demandan la renegociación de la compra y venta de terrenos, toda vez que consideran que el precio de pago inicial ha sido por debajo del mercado; Que, el 14 de abril de 2022, pobladores de la comunidad de Fuerabamba ingresaron a los terrenos de la empresa minera Las Bambas S.A., en el sector denominado Takiruta, como medida de protesta frente a lo que han denominado incumplimientos de compromisos por parte de dicha empresa; medida a la que también se sumaron las comunidades de Chila, Choaquere, Pumamarca, Chuicuni y Huancuire; Que, en dicho contexto, mediante Decreto Supremo N° 042-2022-PCM, publicado el 27 de abril de 2022, se declaró el Estado de Emergencia, por un período de treinta (30) días calendario, en los distritos de Challhuahuacho y Coyllurqui, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac; el cual ha sido prorrogado por el Decreto Supremo N° 059-2022-PCM, por un período de sesenta (60) días calendario, a partir del 28 de mayo de 2022; Que, con fecha 9 de junio de 2022, se realizó una reunión entre el Poder Ejecutivo, la empresa minera Las Bambas S.A., los representantes de las comunidades campesinas de Fuerabamba, Chila, Choaquere, Chuicuni del distrito de Challhuahuacho y de la comunidad campesina de Pumamarca del distrito de Tambobamba y la comunidad campesina de Huancuire del distrito de Coyllurqui, provincia de Cotabambas en el departamento de Apurímac, en la que, entre otros aspectos, se acordó dejar sin efecto el estado de emergencia declarado mediante el Decreto Supremo N° 042-2022-PCM, acuerdo que se concretó el 10 de junio de 2022, con la publicación del Decreto Supremo N° 064-2022-PCM; así como, instalar un grupo de trabajo para el acompañamiento y evaluación del cumplimiento de los compromisos arribados en dicha reunión, según el acta suscrita el 09 de junio de 2022; Que, en ese sentido, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo propone y sustenta la necesidad de conformar un Grupo de Trabajo de naturaleza temporal con el objeto de fortalecer el proceso de diálogo entre el Poder Ejecutivo, la empresa minera Las Bambas y las comunidades campesinas de Fuerabamba, Chila, Choaquere, Chuicuni, Pumamarca y Huancuire de la provincia de Cotabambas, en base a los acuerdos suscritos el 9 de junio de 2022, así como el acompañamiento y evaluación del cumplimiento de los compromisos asumidos en diversos espacios de diálogo entre las partes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Comité para el acompañamiento y evaluación del cumplimiento de los compromisos arribados entre el Poder Ejecutivo, representantes de la empresa minera Las Bambas S.A. y los representantes de las comunidades campesinas de Fuerabamba, Chila, Choaquere, Chuicuni, Pumamarca y Huancuire de la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto fortalecer el proceso de diálogo entre el Poder Ejecutivo, la empresa minera Las Bambas y las comunidades campesinas de Fuerabamba, Chila, Choaquere, Chuicuni, Pumamarca y Huancuire de la provincia de Cotabambas, en base a los acuerdos suscritos el 9 de junio del 2022, así como el acompañamiento y evaluación del cumplimiento de los compromisos asumidos en diversos espacios de diálogo entre las partes. Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está conformado por: