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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (16/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / Que, habiendo el área técnica competente formulado la propuesta de Ordenanza, y refrendada la misma por la Gerencia de Asesoría Jurídica respecto a la legalidad de su contenido, correspondería al Concejo Municipal la aprobación de la propuesta; Estando a los considerandos antes mencionados, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con el voto favorable unánime de los miembros del Concejo participantes y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta correspondiente, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APERTURA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2023 Y APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2023 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Artículo Primero.- APERTURAR el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de La Molina, que consta de catorce (14) Capítulos, treinta y cuatro (34) Artículos, nueve (09) Disposiciones Finales y cuatro (04) Anexos; el mismo que como anexo forma parte integrante del presente dispositivo y cuyo texto íntegro será publicado en la Página Web de la Municipalidad Distrital La Molina www.munimolina.gob.pe. Artículo Tercero.- FACULTAR Y AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, así como modi fi car los Anexos del Reglamento aprobado en el artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a la Gerencia de Participación Vecinal y a la Gerencia de Tecnologías de Información, el cumplimiento del desarrollo del proceso, conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento aprobado en el artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del integro de la Ordenanza con su Anexo en la Página Web de la entidad; asimismo, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Participación Vecinal la difusión correspondiente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ARMANDO REYNA FREYRE Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 2077946-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JACOBO HUNTER Autorizan al Alcalde a ausentarse de la jurisdicción municipal y encargan el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 013-2022-MDJH Jacobo Hunter, 23 de febrero del 2022VISTO: En Sesión Ordinaria (Virtual) de Concejo Municipal realizada el día 21 de febrero del 2022, el informe N°002-2022, referente a la solicitud de ausencia de la jurisdicción municipal para hacer uso de sus vacaciones, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado “las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, complementado con el Artículo I del Título Preliminar de la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” que señala: “(…) Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local con personería Jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; Que, el Artículo 102º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que el servidor tiene derecho a “Las vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la Ley, son obligatorias e irrenunciables, se alcanzan después de cumplir el ciclo laboral y pueden acumularse hasta dos períodos de común acuerdo con la entidad, preferentemente por razones del servicio. El ciclo laboral se obtiene al acumular doce (12) meses de trabajo efectivo, computándose para este efecto las licencias remuneradas y el mes de vacaciones cuando corresponda”; Que, mediante Informe N°017-2022-MDJH/BSP la Trabajadora Social del Área de Recursos Humanos, refiere que el alcalde tiene pendiente hacer goce vacacional: 13 días de periodo 2019-2020; 30 días del periodo 2020-2021; y 30 días del periodo 2021-2022; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes a las normas glosadas y en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; el concejo municipal con el voto por Mayoría de los señores regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital Jacobo Hunter WALTER WENCESLAO AGUILAR VIDAL ausentarse de la jurisdicción municipal para hacer uso de sus vacaciones por el periodo comprendido a partir del 13 de junio hasta el 27 de julio del 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital Jacobo Hunter al Teniente Alcalde y Primer Regidor Hábil JORGE MUÑOZ VALLEJOS, con la totalidad de funciones políticas, ejecutivas y administrativas señalas en la Ley 27972 y demás normas legales, por el periodo que dure la ausencia del Alcalde. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del texto del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial “El Peruano”; y al Área de Relaciones Públicas y Prensa en coordinación con el Área de Informática la difusión y publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe/munijacobohunter). Regístrese, comuníquese y cúmplase.WALTER WENCESLAO AGUILAR VIDAL Alcalde KATHERIN BRENDA COSI QUISPE Secretaria General 2077608-1