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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (16/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / ANEXO B LINEAMIENTOS DE ACCESO A LA PLATAFORMA DIGITAL CLARIDAD OBJETO: Establecer los lineamientos para el registro, uso y envío de Información Financiera de la persona candidata o su responsable de campaña, así como de las Organizaciones Políticas y Alianzas Electorales, respecto a los procesos electorales convocados a partir de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM2022) en adelante. ALCANCE: Los presentes lineamientos son aplicables a las personas candidatas o sus responsables de campaña, así como de las Organizaciones Políticas y Alianzas Electorales, relacionados a los procesos electorales convocados a partir de las ERM 2022. FINALIDAD: Impulsar el proceso nacional de la transformación digital mediante la implementación de la Plataforma Digital CLARIDAD, centrados en personas candidatas o sus responsables de campaña, así como de las Organizaciones Políticas y Alianzas Electorales, respecto de los procesos electorales convocados a partir de las ERM 2022, contribuyendo así, con la reactivación económica del país y fortaleciendo el desarrollo digital e innovador. BASE LEGAL: a) Constitución Política del Perú. b) Resolución Jefatural N° 1669-2021-JN/ONPE, que aprobó el nuevo Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios (RFSFP). c) Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital. d) Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo. e) Resolución Jefatural Nº 002079-2022-JN/ONPE, que aprueba el Reglamento sobre el Sistema de Notifi caciones Electrónicas de La O fi cina Nacional de Procesos Electorales - SISEN – ONPE. (RCE) DEFINICIONES:a) Persona Candidata: Ciudadana o Ciudadano cuya candidatura ha sido inscrita por el Jurado Electoral Especial respectivo, para su participación en un proceso electoral. b) Organización Política: Asociación de ciudadanas y ciudadanos que expresan el pluralismo democrático, participando por medios lícitos en los asuntos públicos del país dentro del marco de la Constitución Política y el ordenamiento vigente y comprende a los partidos políticos, organizaciones políticas de alcance regional o departamental y alianzas electorales. c) Alianzas Electorales: Organización política que surge del acuerdo entre dos o más partidos políticos, entre partidos políticos y organizaciones políticas regionales o departamentales y entre estas últimas, debidamente inscritas con fi nes electorales y bajo una denominación y símbolo común. Para su reconocimiento, la alianza debe inscribirse en el ROP. d) Responsable de campaña: ciudadana o ciudadano que, por designación de la persona candidata a cargo de elección popular, es responsable de la recepción de los aportes y de los gastos que se efectúen y de presentar la rendición de cuentas a la ONPE, proporcionando una copia a la organización política. El/la candidato/a puede ser responsable de campaña. e) Canal Digital: Es el medio de contacto digital que pone a disposición la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para facilitar el registro, uso y envío de la información fi nanciera de las personas candidatas o sus responsables de campaña, así como podrán hacer seguimiento a la misma. f) Transformación Digital: Es el proceso continuo, disruptivo y estratégico que se sustenta en el uso intensivo de las tecnologías digitales, sistematización y análisis de datos, para garantizar la transparencia de la información económico-financiera, recogida de las personas candidatas o sus responsables de campaña. g) Reducción de fi nitiva de uso de papel: La Plataforma Digital CLARIDAD, garantiza el ahorro en el uso de papel en toda la interacción que realiza la persona candidata o su responsable de campaña, para el registro, uso y envío de información fi nanciera, reduciendo la necesidad de la presencia física de estas personas, en las entidades públicas y el intercambio documentario físico al interior del Estado. h) Seguridad desde el diseño: La Plataforma Digital CLARIDAD, está diseñada y desarrollada para preservar la disponibilidad e integridad de la información que gestiona y, cuando corresponda, la autenticidad y no repudio de la información proporcionada. f) Firma digital : Mecanismo tecnológico que sirve para demostrar la autenticidad de un documento digital y a la vez, dota al mismo de validez y e fi cacia jurídica. Ofrece al destinatario seguridad de que el mensaje fue creado por el remitente, y que no fue alterado durante la transmisión cumple con lo establecido en el Artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2008-PCM. g) Firma electrónica : Mecanismo que sirve para acreditar la identi fi cación de la persona que activa el acceso a la plataforma, es aplicable para el caso de las personas candidatas, dado que las credenciales generadas, constituyen el acceso, para el registro y envío de la información fi nanciera a través de la Plataforma Digital CLARIDAD. g. Casilla Electrónica SISEN-ONPE: Plataforma Electrónica mediante la cual, la persona candidata accede para autenticar sus datos, recibir sus credenciales de acceso a la Plataforma Digital CLARIDAD, así como para recibir las noti fi caciones de procedimientos administrativos y/o sancionadores a cargo de ONPE. g) Subir: Término que implica escanear los formatos aprobados por la ONPE, debidamente suscritos por las personas facultadas por el RFSFP, y luego, guardarlos en la opción destinada para tal propósito, en la plataforma CLARIDAD. LINEAMIENTOS:a) La ONPE ha implementado la Plataforma Digital denominada CLARIDAD, donde se regula la aceptación de los alcances, condiciones y base legal por parte de la persona candidata, de las organizaciones políticas y alianzas electorales. Dicha información, se encuentra establecidas en dicha plataforma. b) Para acceder a la Plataforma Digital CLARIDAD, de manera previa, la persona candidata, las organizaciones políticas y las alianzas electorales, deben solicitar la creación de su casilla electrónica, estos últimos a través de su personero legal, de conformidad con lo establecido en los artículos 151º y 102º del RFSFP y lo establecido en el RCE, para lo cual, debe completar los datos requeridos en la plataforma de Casilla Electrónica SISEN-ONPE. Esta plataforma se encuentra ubicada dentro de la web de ONPE. c) Con posterioridad se creará la casilla electrónica y se noti fi cará en la misma, las credenciales de acceso para la Plataforma Digital “Claridad” (usuario y contraseña). Las credenciales de acceso son de naturaleza personal y con fi dencial. d) Con la obtención de las citadas credenciales, la persona candidata, las organizaciones políticas y las alianzas electorales, según corresponda, acceden a la Plataforma Digital CLARIDAD con la finalidad de presentar la información financiera de ingresos, aportes y gastos de campaña electoral, mediante el