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65 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza que modifica el Cronograma del Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de Ancón ORDENANZA Nº 473-2022-MDA Ancón, 31 de mayo del 2022VISTO:Memorándum N° 190-2022-GM/MDA de la Gerencia Municipal, Informe N° 203-2022-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 145 -2022-GSC/MDA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Título II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Ordenanza N° 472-2022-MDA, se aprobó el Reglamento del Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de Ancón; ordenanza que asimismo aprueba el Cronograma Electoral, donde se de fi ne las fechas y horarios para cada una de las actividades que comprende el proceso electoral para la elección de los representantes de la sociedad civil. Que, mediante Informe N° 145 -2022-GSC/MDA la Gerencia de Servicios a la Ciudad remite el proyecto de Ordenanza que modi fi ca el Cronograma electoral de la Ordenanza N° 472-2022-MDA, ello en mérito a los pedidos de ampliación del plazo para la inscripción solicitado por las organizaciones sociales del distrito. Por lo que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad considera necesario modi fi car el Cronograma Electoral para que más organizaciones sociales del distrito puedan participar de este proceso electoral y así todos los vecinos tengan las mismas oportunidades para poder inscribirse y elegir a sus representantes para el CCLD-Ancón. Que, mediante Informe N° 203-2022-GAJ/MDA, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite informe con opinión legal favorable en relación a la propuesta del proyecto de Decreto de Alcaldía presentado por la Gerencia de Servicios a la Ciudad. Estando a lo dispuesto por el numeral 6) del Artículo 20 y el Artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; ORDENANZA QUE MODIFICA EL CRONOGRAMA DEL REGLAMENTO DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL (CCLD) DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Cronograma Electoral de la Ordenanza N° 472-2022-MDA, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR la modi fi cación del Artículo Tercero de la Ordenanza N° 472-2022-MDA, de la siguiente manera: Facultar al señor Alcalde a efectuar mediante Decreto de Alcaldía las adecuaciones y modi fi caciones necesarias al Reglamento de la Ordenanza y su Anexo para una adecuada implementación de la presente ordenanza, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y al Comité Electoral según lo establecido en la presente ordenanza, a Secretaría General su publicación de acuerdo a ley, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web institucional (www.muniancon.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2078060-1 Ordenanza que establece beneficios extraordinarios para los contribuyentes del distrito de Ancón que se encuentren en cobranza ordinaria ORDENANZA Nº 474-2022-MDA Ancón, 31 de mayo del 2022VISTO:Memorándum Nº 212-2022-GM/MDA de la Gerencia Municipal, Informe Nº 209 -2022-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, informe N°253-2022-GATYR/MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política vigente; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú los gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción, y con principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales dela persona. Ningún tributo puede tener carácter con fi scatorio; Que, de acuerdo al Artículo 41 del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, T.U.O. del Código tributario, la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente de los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, el Decreto Supremo Nº 076-2021-PCM, prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 184-2020- PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM y Decreto Supremo Nº 058-2021-PCM, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1 de mayo del 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencias de la COVID-19; Producto de la pandemia hasta la fecha existe, el no pago oportuno por parte de los contribuyentes, y que durante dos años consecutivos viene azotando a nuestro país y al mundo, y como consecuencia ha traído una grave crisis económica, por lo que resulta necesario que la Gestión otorgue incentivos a los contribuyentes para promover el pago voluntario de las obligaciones tributarias. Que, es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas, otorgando bene fi cios para la regularización de sus deudas a favor de los vecinos de nuestro distrito de Ancón, con el fi n de continuar con las mejoras en los servicios que se prestan a la ciudad, por lo tanto, se ha evaluado el estado situacional y económico de los contribuyentes y por consiguiente se hace