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7 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2022 El Peruano / como SUBDIRECTOR DE GESTIÓN DE REDES DE OBERVACIÓN en adición a sus funciones como Director de la Dirección de Redes de Observación y Datos, hasta que la Presidencia Ejecutiva efectúe la nueva designación; Que, mediante documentos del visto, la O fi cina de Recursos Humanos, señala que el profesional propuesto FÉLIX AUGUSTO ICOCHEA IRIARTE, cumple con los requisitos mínimos establecidos en el Per fi l del Puesto de Subdirector(a) de la Subdirección de Gestión de Redes de Observación de la Dirección de Redes de Observación y Datos; y que, de la evaluación integral efectuada, conforme a la normativa vigente, la designación propuesta es viable y será efectiva a partir del 01 de marzo de 2022; Que, en este sentido, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; Con el visado del Gerente General, del Director de la Ofi cina de Recursos Humanos, y del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, y su modi fi catoria Ley N° 27188; el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM; así como lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003- 97-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido, a partir del 01 de marzo de 2022, el encargo de las funciones como Subdirector de Gestión de Redes de Observación, al señor NELSON QUISPE GUTIERREZ, las que venía desempeñando en adición a sus funciones como Director de la Dirección de Redes de Observación y Datos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI. Artículo 2.- Designar a partir del 01 de marzo de 2022, al señor FÉLIX AUGUSTO ICOCHEA IRIARTE en el puesto directivo de Subdirector de la Subdirección de Gestión de Redes de Observación de la Dirección de Redes de Observación y Datos del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al señor FÉLIX AUGUSTO ICOCHEA IRIARTE y a la O fi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese comuníquese y publíquese. PATRICIO ALONSO VALDERRAMA MURILLO Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI 2043506-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el “Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2022 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038-2022-MINCETUR Lima, 28 de febrero de 2022 Visto, el Informe N° 0011-2022-MINCETUR/SG/ OGPPD/OR de la O fi cina de Racionalización y el Memorándum N° 195-2022-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación Presupuesto y Desarrollo, órgano que se desempeña como Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR); CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 188 de la Constitución Política del Perú, la descentralización constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, mediante la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se desarrolló el Capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y la Sétima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; dispone la creación de las Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del sector correspondiente, las cuales deben presentar a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros los planes anuales de transferencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 144-2002-MINCETUR/DM, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 105-2005-MINCETUR/DM y precisada por Resolución Ministerial N° 102-2012-MINCETUR/DM; se constituye la Comisión Sectorial de Transferencia del MINCETUR, la cual es presidida por la Viceministra de Turismo; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 002-2022-PCM, se aprueba la Directiva Nº 001-2022-PCM-SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, la cual establece la metodología para la elaboración de los mencionados Planes; Que, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del MINCETUR, presenta el proyecto de “Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2022 del MINCETUR”, el cual ha sido elaborado conforme a la Directiva Nº 001-2022-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales” y validado por lo integrantes de la Comisión antes referida; Que, el literal “b” del numeral 7.2 de la Directiva Nº 001-2022-PCM-SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, establece que el citado Plan es aprobado por Resolución Ministerial publicada en el Diario O fi cial El Peruano y posteriormente es presentado ante la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; y la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 002-2022-PCM, que aprueba la Directiva Nº 001-2022-PCM-SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales;