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4 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N° 001-2022-PCM/SIP Lima, 25 de febrero de 2022CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, establece que esta tiene por objeto regular la gestión de intereses en el ámbito de la administración pública, entendida como una actividad lícita de promoción de intereses legítimos propios o de terceros, sea de carácter individual, sectorial o institucional en el proceso de toma de decisiones públicas, con la fi nalidad de asegurar la transparencia en las acciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 120-2019-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, en cuyo numeral 2.2 del artículo 2, se establece que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su rol rector de la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, adopta las medidas necesarias para garantizar la adecuada implementación de la Ley y el referido Reglamento, así como para interpretar sus alcances y brindar asesoría técnica sobre la misma, entre otras acciones que estén dentro del ámbito de sus competencias; Que, según lo dispuesto en el numeral 3.9 del artículo 3 del referido Reglamento, el Registro de Visitas en Línea es la plataforma en donde se registra y publica información, en tiempo real, de las visitas que reciben los funcionarios y servidores del Estado, así como los actos de gestión de intereses que atienden los funcionarios con capacidad de decisión, con el fi n de fomentar la integridad y transparencia de su actuación en el cumplimiento de sus funciones; Que, asimismo, el numeral 3.10 del artículo 3 del referido Reglamento establece que el Registro de Agendas Ofi ciales es la plataforma en la que se registra y publica información sobre las actividades o fi ciales que realizan los funcionarios de la alta dirección y en donde se anotan los actos de gestión de intereses que atienden fuera de la sede institucional los funcionarios con capacidad de decisión; Que, en ese sentido, la Segunda Disposición Complementaria Final de la acotada norma, señala que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emite los lineamientos necesarios para garantizar la implementación de la Ley y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo N° 180-2021-PCM se aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, estableciendo como una de las medidas prioritarias a implementar en el año 2022 el Registro Estándar de Visitas en Línea; Que, resulta necesario emitir lineamientos para asegurar la implementación del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas O fi ciales en todas las entidades de la administración pública; así como, su correcto uso y funcionamiento para asegurar la integridad y transparencia de las gestiones de intereses y otras actividades; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública; y el Reglamento de la Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, aprobado por Decreto Supremo N° 120-2019-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación de directiva Apruébase la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Ofi ciales” que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELOY ALBERTO MUNIVE PARIONA Secretario de Integridad Pública 2043913-1 Aprueban la “Directiva para el registro de cierre de las Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), Intervenciones de Reconstrucción mediante Actividades (IRA), Actividades de Solución Inmediata (ASI), Intervenciones de Construcción (IC) e Inversiones de Necesidad Inmediata (INI) en el marco de la Reconstrucción con Cambios” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 00013-2022-ARCC/DE Lima, 28 de febrero de 2022 VISTOS: El Informe N° 00001-2022-ARCC/DEA de la Dirección Ejecutiva Adjunta, el Memorando N° 00630-2022-ARCC/GG/OPP y el Informe N° 007-2022-ARCC/GG/OPP/JAMP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, y el Informe N° 00159-2022-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, en su artículo 3, se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30556 declara prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM, se aprueba el Plan de la Reconstrucción al que se re fi ere