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17 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / Designan Director de la Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2022-EF/43 Lima, 1 de marzo del 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Director(a) de la Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único. Designar al señor Oscar Alberto Orcon Hinojosa, en el puesto de Director de la Dirección de Sistema Financiero y Mercado de Capitales de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2043956-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2022-MINEM/DM Lima, 28 de febrero de 2022 VISTOS: El O fi cio Múltiple Nº D000016-2022- PCM-SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Informe Nº 036-2022-MINEM/OGPP-ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 210-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales;Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, el proceso de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se realiza a través de planes anuales de transferencia, los cuales son propuestos hasta el último día útil del mes de febrero de cada año; Que, con O fi cio Múltiple Nº D000016-2022-PCM-SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros solicita al Ministerio de Energía y Minas, en adelante el MINEM, la elaboración del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2022, debiendo tomar en cuenta la Directiva Nº 001-2022-PCM/SD, “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”; Que, por otra parte, el numeral 20.1 del artículo 20 del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales establece que el Ministerio con competencias compartidas determina los roles y responsabilidades para cada nivel de gobierno, a través del establecimiento de modelos de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano; Que, el numeral 20.2 del artículo 20 del citado Decreto Supremo, señala que, para la construcción de los modelos de provisión de bienes y servicios, el Ministerio identi fi ca el bien o servicio; los roles y responsabilidades de cada nivel de gobierno; y, los principales problemas o puntos críticos que di fi cultan la entrega o provisión del bien o servicio, conforme a la metodología que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, bajo dicho marco, el artículo 2 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 011-2020-PCM/SD, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración de los modelos de provisión de bienes y servicios” establece que, dichas disposiciones son de aplicación progresiva para los Ministerios con competencias compartidas, debiendo coordinarse con la Secretaría de Descentralización la secuencia y plazos respectivos; Que, el artículo 3 de la citada Resolución, dispone que los Ministerios con competencias compartidas elaboran sus planes de transferencia anuales incorporando los avances en la programación, formulación e implementación de los modelos de provisión de bienes y servicios; Que, según lo dispuesto por el literal b) del artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, tiene la función, entre otros, de coordinar las acciones correspondientes al proceso de descentralización y de la transferencia de las competencias a los Gobiernos Regionales; Que, mediante el Informe Nº 036-2022-MINEM/ OGPP-ODICR la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta y propone la aprobación del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022”, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, asimismo, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2022-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 001-2022-PCM/SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, se establece la metodología para la elaboración de los citados Planes; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de Energía y Minas para el año 2022”