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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2022 (11/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Viernes 11 de marzo de 2022 El Peruano / j. Un (1) representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Junín; k. Un (1) representante de la O fi cina Defensorial de Junín; l. Un (1) representante del Procurador Público Regional; m. Un (1) representante del Ministerio Público de Junín; n. Un (1) representante de la empresa Minera Chinalco Perú S.A.; o. Un (1) representante de la empresa de transportes “Toro Mocho” S.A.C.; p. El arzobispo de Huancayo, o su representante;q. Un (1) representante de la Parroquia de Yauli; r. Un (1) representante de la Mesa de Diálogo Ambiental Regional de Junín; s. Un (1) representante de la Asociación de propietarios de Morococha que negociaron sus bienes inmuebles con la empresa Minera Chinalco Perú S.A.; t. Un (1) representante de la Asociación de Vivienda Marcial Salome Ponce; u. Un (1) representante de la Asociación de Propietarios Desplazados por el Proyecto Toromocho del distrito de Morococha – APDEPROTMD; v. Un (1) representante de la Asociación de Comerciantes y Pequeños Empresarios del distrito de Morococha - Yauli; w. Un (1) representante de la Asociación de Vivienda Morococha; x. Un (1) representante de la Asociación Civil de los Hijos Nacidos en Morococha; y. Un (1) representante de la Junta de Vecinos Barrio “Alto Perú”; z. Un (1) representante de la Asociación de Joven Integral para el Desarrollo del distrito de Morococha; aa. Un (1) representante de la población vulnerable de Morococha acreditado por Municipalidad Distrital de Morococha; bb. Un (1) representante de la Junta Vecinal comunal 28 de julio; cc. Un (1) representante de la Junta Vecinal comunal Alto Perú; dd. Un (1) representante de la Junta Vecinal comunal Central P fl ucker; ee. Un (1) representante de la Junta Vecinal comunal San Borja; y, ff. Un (1) representante de la Junta Vecinal comunal Yanke Alto; Artículo 4.- Funciones4.1 El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:a. Proponer las acciones y medidas orientadas a la solución de la problemática vinculada al proceso de reasentamiento poblacional de Morococha; informando públicamente, a través de la Presidencia del Grupo de Trabajo, los avances y exhortando a sus integrantes, al cumplimento efectivo y oportuno de sus compromisos. b. Articular con las entidades públicas y privadas, y otros actores locales y nacionales, para coadyuvar a la culminación del proceso de reasentamiento poblacional de Morococha. c. Promover, previa evaluación, la suscripción de un Convenio Marco entre la sociedad civil del distrito de Morococha y la empresa Minera Chinalco Perú S.A. 4.2 Para efecto del desarrollo de sus funciones, en el marco de la emergencia sanitaria y estado de emergencia nacional declarados a consecuencia de la crisis sanitaria generada por la pandemia de la COVID-19, las funciones del Grupo de Trabajo pueden realizarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información. Artículo 5.- Designación de representantes5.1 Las entidades, empresas y sociedad civil que integran el Grupo de Trabajo, detalladas en el artículo 3, designan a sus representantes titular y alterno, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. 5.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo detallados en los literales e), f), g) y p) del artículo 3, de ser el caso, designan a sus representantes, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral precedente. Artículo 6.- Secretaría Técnica6.1 La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo del Gobierno Regional de Junín, quien asume la responsabilidad administrativa y lleva el registro de los acuerdos, custodia las actas y toda la documentación que se genere. 6.2 La Secretaría Técnica, de corresponder, puede solicitar el acompañamiento de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual se realiza en el marco de sus funciones y competencias. Artículo 7.- Participación de otras entidades públicas o privadas El Grupo de Trabajo, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias, así como de personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación, y organizaciones no gubernamentales, en calidad de invitados. Artículo 8.- Información, colaboración, asesoramiento, y apoyo de profesionales 8.1 El Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional, así como del gobierno regional y de los gobiernos locales involucrados, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. 8.2 El Grupo de Trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede solicitar información a las organizaciones de la sociedad civil, así como a las entidades públicas y privadas pertinentes, para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, puede proponer la conformación de subgrupos de trabajo que contribuyan al cumplimiento de su objeto. Artículo 9.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo, sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los/las integrantes del Grupo de Trabajo, es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 10.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en el plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia por un período de doce (12) meses contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 12.- Informe Final Vencido el plazo de vigencia, la Presidencia del Grupo de Trabajo, con el apoyo de la Secretaría Técnica, dispone de treinta (30) días calendario adicionales, para presentar un informe fi nal ante la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2046987-1