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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2022 (11/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 11 de marzo de 2022 El Peruano / Plenipotenciario del Perú en la República de Sudáfrica, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa; Que, la Resolución Ministerial Nº 0625-2018-RE, fi jó el 1 de diciembre de 2018, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Sudáfrica; Que, mediante Nota Verbal Nº 5028/2021, de 14 de diciembre de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de la República de Zambia comunica que el gobierno de la República de Zambia ha otorgado el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Zambia, con residencia en Sudáfrica; Que, el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Sudáfrica, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Zambia, con residencia en Sudáfrica. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2047136-15 Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos como Representante Permanente del Perú ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2022-RE Lima, 9 de marzo de 2022VISTOS: La Hoja de Trámite (GAC) Nº 127, del Despacho Viceministerial, de 14 de enero de 2022; y el Memorándum (DSD) Nº DSD00035/2022, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de 14 de enero de 2022; CONSIDERANDO: Que, el Embajador del Perú en los Estados Unidos Mexicanos ostenta la representatividad del Perú ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL), principal foro regional sobre asuntos nucleares, y en cuyo marco se llevan a cabo importantes contactos multilaterales con los principales Estados e Instituciones que brindan cooperación en materia nuclear; Que, la Resolución Ministerial Nº 0114-2016-RE, designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Hernán Garro Gálvez, entonces Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, como Representante Permanente del Perú ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL); Que, la Resolución Suprema Nº 119-2021-RE, dio por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Hernán Garro Gálvez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, fi jándosele el 30 de noviembre de 2021, como la fecha de término de funciones, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 0415-2021-RE; Que, la Resolución Suprema Nº 125-2021-RE, nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Manuel Gerardo Talavera Espinar como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, fi jándosele el 1 de diciembre de 2021, fecha en que asumió funciones, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 0418-2021-RE; Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar el nombramiento del Representante Permanente del Perú ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL); Que, el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar término a la designación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Julio Hernán Garro Gálvez, entonces Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, como Representante Permanente del Perú ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL). Artículo 2.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Manuel Gerardo Talavera Espinar, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, como Representante Permanente del Perú ante el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (OPANAL). Artículo 3.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2047136-16