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70 NORMAS LEGALES Martes 29 de marzo de 2022 El Peruano / Artículo 7º.- VIGENCIA La presente ordenanza tiene vigencia hasta el 30 de junio del 2022, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a ley. DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA Primera .- FACULTAR, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda .- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Cobranza Coactiva, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Urbano y todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, debiendo prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Tercero. - ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial el Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza; a la Subgerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 2052796-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2023 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 065-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 11 de marzo de 2022 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Memorando N° 046-2022-GDSGA- MMDM de la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Informe N° 044-2022-SGFCSS-GCSC-MDMM de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones, Memorando N° 079-2022-GDSGA-MMDM de la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Informe N° 042-2022-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 137-2022-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2023 de la Municipalidad de Magdalena del Mar; el Memorando N° 437-2022-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 3° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en la presente Ley; Qué; el artículo 9° de la norma acotada, establece que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperar del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y fi scalización Ambiental; a) El Ministerio del Ambiente (MINAM); b) El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), y c) Las Entidades de Fiscalización Ambiental, Nacional, Regional y Local (EFA); Que, el artículo 7° de la precitada norma, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la presente Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, con Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD publicada en el diario o fi cial “EL PERUANO” el 5 de febrero de 2019, se aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA, derogándose la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD y su modi fi catoria; Que, el artículo 5° de la norma acotada, establece que el PLANEFA será elaborado de forma coordinada por los órganos de la EFA que ejerzan las acciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo funciones de plani fi cación y presupuesto; Que, mediante Informe N° 044-2022-SGFCSS-GCSC- MDMM la Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2023; precisando, que previamente deben hacerse las correcciones respectivas; Que, mediante documentos de la referencia la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2023, precisando, que para la elaboración del PLANEFA 2023, se ha respetado los lineamientos establecidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA y que además se realizaron las correcciones respectivas solicitadas por la Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones mediante Informe N° 044-2022-SGFCSS-GCSC-MDMM; Que, mediante Informe N° 042-2022-GPP-MDMM la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2023; Que, mediante Informe N° 137-2022-GAJ-MDMM la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2023; Estando a lo expuesto, con opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de sus facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 43° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2023